El Arbitraje en España, un análisis (II):José Antonio Caínzos, socio director área procesal de Clifford Chance
El Arbitraje en España: ¿Lo estamos haciendo bien?
En los tiempos que vivimos parece casi obligado que el examen de los resultados de cualquier actividad realizada en España en los últimos años implique una severa autocrítica y una conclusión contundente sobre los errores cometidos o la oportunidad histórica que hemos dejado pasar. Esta actitud masoquista es, a mi juicio, tan equivocada como el triunfalismo irreflexivo y, además, puede provocar la parálisis de cara al futuro.
Por eso, cuando me he hecho la pregunta sobre cómo se ha desarrollado el arbitraje en España desde el principio de este siglo, por poner una fecha no muy lejana pero que permite tener cierta perspectiva, he procurado hacer un balance equilibrado y he concluido que existen más luces que sombras. Creo que es bueno comprobar que hay razones para la satisfacción pero, sobre todo, creo que es necesario utilizarlas como estímulo para confiar en nuestras posibilidades de mejorar aquellos aspectos en los que aún no estamos a la altura deseable.
De forma muy breve resumiré lo que, en mi opinión, son los principales logros:
- Disponemos de una Ley moderna, alineada con la Ley Modelo de UNCITRAL y la mayoría de las legislaciones reconocidas en el mundo como avanzadas en este campo, que goza de amplio consenso, en un proceso quizás exageradamente acelerado de revisión reciente y que ha creado la plataforma adecuada para un mayor desarrollo del arbitraje nacional y la incorporación al grupo de los países en que el arbitraje internacional es una realidad cotidiana.
- Disfrutamos de una judicatura que, en su mayoría, ha eliminado viejos temores y que renueva cotidianamente su apoyo al arbitraje mediante las resoluciones que emiten desde los órganos de primera instancia hasta los Tribunales Superiores de Justicia.
- Contamos con un plantel de excelentes profesionales que, tanto en su actuación como abogados como desempeñando la labor de árbitro, están a la altura de los mejores de cualquier otro país y son capaces de afrontar con rigor y calidad cualquier tipo de arbitrajes comerciales y de inversiones, incluidos los que exigen mayor nivel de especialización.
- Existen Cortes de Arbitraje que han emprendido el camino de la internacionalización y de la mejora y profesionalización de sus servicios.
- Ha prendido entre un grupo cada vez mayor de jóvenes abogados y académicos el interés por el estudio y la práctica del arbitraje, desterrando la idea de que sólo los veteranos tienen hueco en esta parcela de actividad jurídica.
- Las empresas españolas se han convertido en el año 2011 en el segundo mayor “cliente” de la Corte de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional de París lo que demuestra que se están familiarizando rápidamente con un método de resolución de disputas del que hace no mucho tiempo lo desconocían casi todo y, en muchos casos, desconfiaban en gran medida. También es reseñable que el mundo financiero se haya abierto al arbitraje. Actualmente no son pocos los procedimientos arbitrales en que están involucrados las entidades financieras cuando la realidad es que hace pocos años existía una gran reticencia a buscar alternativas a los procedimientos judiciales.
- Finalmente, estamos orgullosos de haber creado y desarrollado, dentro y, sobre todo, fuera de España el Club Español del Arbitraje, un foro abierto a todos los interesados en el arbitraje que agrupa ya a más de 650 miembros de 30 nacionalidades, con actividades en 20 países.
Todas estas buenas noticias no deben hacernos olvidar que queda mucho terreno para la mejora. A continuación me referiré a algunos de los aspectos en que podemos y debemos seguir progresando:
- Hay un exceso de Cortes de Arbitraje que, a efectos internacionales, impiden que se perciba a una Corte española como el gran referente en nuestro país en cuanto a instituciones administradoras. El aumento de su reputación, la mejora de sus instalaciones y la internacionalización de su personal son aún asignaturas parcialmente pendientes.
- Existe cierta desconfianza entre los responsables jurídicos de algunos grandes y medianas empresas españolas sobre las ventajas del arbitraje. Especialmente les preocupa la cuestión de la imparcialidad e independencia de los árbitros. Ni las reglas de la IBA ni las recomendaciones del CEA han conseguido calar como garantías suficientes a efectos de asegurar que los árbitros afronten su tarea con exquisita equidistancia de ambas partes. El numero de abogados internos de empresas que se involucran en los foros de arbitraje sigue siendo muy pequeño.
- El número de arbitrajes internacionales que tienen a España como sede es aún muy limitado. No hay razón para que España no sea considerado un lugar neutral y favorable al arbitraje, cualquier que sea la institución que lo administre, pero el hecho cierto es que todavía llegan con cuentagotas los casos en que empresas no españolas eligen a nuestro país como foro donde dirimir sus disputas.
- Aunque se van acortando las distancias, existe todavía una gran diferencia entre los abogados que trabajan habitualmente en procedimientos arbitrales y los que, estando habituados a procedimiento judiciales, carecen de experiencia en arbitrajes. Lo mismo ocurre con los profesionales del Derecho que trabajan en despachos colectivos en áreas ajenas al mundo procesal. En pocas palabras, falta todavía mucha cultura arbitral.
- La Universidad española, salvo muy honrosas excepciones, sigue considerando el arbitraje como un exotismo. Son pocas las que lo enseñan y menos aún las que lo vinculan al comercio internacional y a las inversiones.
- El número de árbitros españoles con reconocimiento internacional es aún escaso en proporción a la calidad de la comunidad jurídica que existe en España y al número de arbitrajes internacionales en que participan empresas españolas.
- El nivel de conocimiento de los órganos judiciales que intervienen en actuaciones relacionadas con el arbitraje es mejorable. La reciente atribución de competencias a los TSJ obligará a estos tribunales a formarse en cuestiones arbitrales. Queda pendiente la devolución al TS de algunas competencias que ejerció en su día con acierto y que en la actual senda de agilización en que se encuentra el TS sería positivo que fueran utilizadas para crear jurisprudencia unificada y con rapidez. En cualquier caso, debemos dotarnos de una arquitectura jurisdiccional de apoyo al arbitraje que sea estable y, después, renunciar a cambiarla cada poco tiempo.
En suma, se han hecho muchas cosas y aún podemos hacer más. Lo importante es que haya voluntad de hacerlo y, sobre todo, que existe espíritu de unidad, es decir, que pensemos en esta tarea como un objetivo de todos. El éxito nos debería enorgullecer y beneficiar a todos. El fracaso nos devolvería a los tiempos de las grandes oportunidades perdidas.
Publicado en: diariojuridico.com