Servicios de Administración
OFERTA DE SERVICIOS:
La siguiente propuesta detalla las funciones que desarrollaremos en su comunidad:
A: FUNCIONES GENERALES.
1. APLICACIÓN DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY 49/60 DE 21 DE JULIO DE 1960 DE PROPIEDAD HORIZONTAL modificada por la reforma de 6 de abril de 1999 según el cual:
“Corresponde al administrador:
1. Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares.
2. Preparar con la debida antelación y someter a la Junta, el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos.
3. Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al Presidente o, en su caso, a los propietarios.
4. Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes.
5. Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar, a disposición de los titulares, la documentación de la comunidad.6. Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.”
2. ASESORAMIENTO EN TEMAS DE:
CALEFACCIÓN, AGUA CALIENTE, AIRE ACONDICIONADO:
- Reglamento e instrucciones técnicas de las instalaciones.
- Ordenanza sobre Protección del Medio Ambiente.
ASCENSORES:
- Reglamento sobre aparatos elevadores.
- Obligaciones del propietario y casa conservadora.
- Uso.
CANALIZACIONES DE AGUA, ELECTRICIDAD, GAS, TELEFONÍA, PORTEROS:
- Reglamento de baja tensión.
- Lectura de contadores con casa especializada. Adecuación del gasto.
- Reglamento sobre instalaciones de gas en edificios habitados.
ANTENAS DE TELEVISIÓN. RADIOAFICIONADOS. VIDEOS COMUNITARIOS:
- Normativa que regula el uso y utilización de antenas colectivas, parabólicas y de radioaficionados. Su uso.
PREVENCIÓN DE INCENDIOS. PREVENCIÓN DE CAÍDA DEL RAYO. PÓLIZAS DE SEGUROS.
- Obligaciones de instalación de extintores.
- Obligación de instalación de pararrayos.
- Distinta clase de pólizas. (Multirriesgo, Incendios, Responsabilidad Civil y Cristales).
GARAJES:
- Normativa. Uso. Reglamento de régimen interior. Reglamento sobre su utilización.
PISCINAS:
- Condiciones higiénico- sanitarias.
- Contratos laborales de temporada.
- Reglamento sobre su utilización.
ANIMALES DOMÉSTICOS:
- Ordenanza Municipal Reguladora sobre tenencia de perros y otros animales domésticos.
3. PROPONER LAS OBRAS NECESARIAS Y EJECUTAR LOS ACUERDOS ADOPTADOS POR LA JUNTA DE PROPIETARIOS.
4. CONFECCIÓN DE PRESUPUESTOS DE GASTOS, TANTO ORDINARIOS COMO EXTRAORDINARIOS.
5. LIQUIDACIÓN DE PRESUPUESTOS.
6. COBROS Y PAGOS.
7. ACTUACIÓN COMO SECRETARIO:
- Custodia de la documentación, convocatoria de juntas, confección de actas, correspondencia, notificación de acuerdos.
8. ENCARGADO DE PERSONAL:
- Legislación laboral. Ordenanzas laborales. Estatuto de los trabajadores.
- Convenios Colectivos de: Empleados de fincas urbanas, garajes, piscinas, galerías de alimentación, oficinas y despachos.
- Confección de nóminas.
- Confección de Seguros Sociales (TC-1, TC-2, TC- 2/1).
- Contratos laborales en sus distintas modalidades.
- Solicitud de subvenciones.
- Incapacidad transitoria y accidentes de trabajo.
- Certificaciones a trabajadores.
- Sanciones, despidos, finiquitos.
B. CONOCIMIENTOS SOBRE LAS DISTINTAS LEYES QUE TIENEN INFLUENCIA EN LAS FINCAS, EN ESPECIAL SOBRE:
1. LEY DE ARRENDAMIENTOS URBANOS:
- Conocimiento y aplicación de la Ley.
- Contratos.
- Repercusiones, servicios, suministros e impuestos.
- Actualización de rentas, cláusulas de estabilización.
- Traspasos.
- Denegación de prórrogas.
- Subrogaciones.
- Subarriendos.
- Obras.
2. LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL:
- Distribución de gastos.
- Obligaciones y derechos de los propietarios.
- Elementos comunes.
- Acuerdos de juntas.
- Convocatorias.
- Actas.
3. REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS:
- Ayudas por: Comunidades Autónomas, Ayuntamientos, Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
4. IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
C. ASISTENCIA Y ASESORAMIENTO:
1. Asistir a las:
- Juntas Ordinarias.
- Juntas Extraordinarias.
- Juntas de Gobierno
2. Representar a la:
- Comunidad a efectos de cobro de morosos en los procedimientos que no necesiten intervención jurídica y sea autorizado por la Junta de propietarios.
D. GESTIONES:
1. Gestión de impuestos: I.R.P.F. e I.V.A.
2. Ante organismos públicos y privados. Comparecencias judiciales.
3. Rehabilitación de inmuebles.
E. INFORMES Y DOCUMENTOS:
1. Consultas verbales.
2. Consultas por escrito.
3. Valoraciones.
4. Certificaciones (especialmente las exigidas por la nueva Ley de Propiedad Horizontal para el otorgamiento de la escritura de compra y venta de pisos y locales)
5. Recursos.
6. Peritaciones judiciales.