“Con esta Reforma se dota al juez de mayor libertad a la hora de impulsar el procedimiento abreviado”

Publicado por admin el Thursday 24 February 2011 a las 00:01

Por Antonia Magdaleno, socia Directora Area Procesal y Concursal de Broseta Abogados.

Antonia Magdaleno es abogada. Especialista en Derecho Procesal y Concursal. Dirige este Departamento en Broseta Abogados. Además soy Profesora de la Universidad de Valencia en Derecho Concursal. Esta es en síntesis parte de su labor y carrera profesional. Desde su punto de vista, “este Anteproyecto ha sido realizado por un Comité de Expertos que ha hecho un buen trabajo. Expertos donde hemos encontrado a profesionales prácticos y no por ello menos técnicos del Derecho Concursal, como una parte importante de nuestra doctrina concursalista, así como la presencia de Magistrados que también tienen su experiencia pero desde otro punto de vista. Es una buena Comisión y han hecho un excelente trabajo”. En su opinión la” profesionalización de la administración concursal es imprescindible para que tengamos un derecho concursal saneado y unos concursos que se lleven bien y se cumplan según los objetivos que marca la ley”

La abogada Antonia Magdaleno, del despacho valenciano Broseta Abogados, ha aceptado el nombramiento como administradora del concurso de acreedores del todavía presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, dictado por el Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid. Magdaleno es también letrada del concurso de acreedores de Marsans, nombrada por el Juzgado de lo Mercantil número 12 de Madrid, y cuenta con una amplia experiencia en el ámbito concursal.

La abogada es socia y directora del área Procesal-Concursal del despacho valenciano Broseta Abogados, que interviene también en otros procesos concursales como los de Martinsa-Fadesa, Urazaca o Llanera, entre otros. El juez titular, Javier García Marrero, nombró también como administrador del patrimonio de Díaz Ferrán al economista Luis Arqued Alsina, que también ejerce como gestor concursal en la insolvencia de Air Comet.

¿En qué momento llega esta iniciativa legislativa? ¿Cuál es el contexto en el que nos movemos?

No voy a descubrir nada nuevo que vivimos en un momento de crisis. Este Anteproyecto pretende paliar los defectos que se han visto en la aplicación de la actual Ley Concursal que entró en vigor en el 2004 cuando vivíamos una época de bonanza. Es una tesitura diferente a la que vivimos hoy en dia.

Este contexto de crisis junto con el rodaje de la ley, la jurisprudencia y el rodaje de los profesionales son factores que unidos en una coctelera imaginaria dan lugar al Anteproyecto que comentamos
No podemos olvidar que este Anteproyecto ha sido realizado por un Comité de Expertos que bajo mi punto de vista ha hecho un buen trabajo. Expertos donde hemos encontrado a profesionales prácticos y no por ello menos técnicos del Derecho Concursal, como una parte importante de nuestra doctrina concursalista, así como la presencia de Magistrados que también tienen su experiencia pero desde otro punto de vista. Es una buena Comisión y han hecho un excelente trabajo.

¿Qué opinión le merece la introducción de mecanismos preconcursales en este anteproyecto?

La introducción de estos mecanismos había sido demandada desde la propia entrada en vigor de la ley, máxime por la situación de crisis que se vive en la actualidad. Las refinanciaciones las vemos cada día más y día a dia. Era imprescindible la introducción de estos mecanismos que dotan de mayor seguridad y tranquilidad a las entidades bancarias para intentar a su vez tanto evitar que las compañías vayan a concurso cuando pueda evitarse, como para el día a dia de nuestra economía. El hecho por ejemplo que el fresh Money se tenga en cuenta como un crédito contra la masa al cincuenta por ciento; también que se aumenten los plazos para la refinanciación creo que era imprescindible.

También se habla del procedimiento abreviado que podrá dictar el juez.

También era una cuestión ampliamente demandada. Hasta ahora se hablaba que con un pasivo por debajo de un millón de euros se establecía un procedimiento abreviado. Tras la reforma que vino por el Real Decreto 3/2009 se aumentó esa cifra a la cantidad de diez millones que es la cifra que actualmente se aplica.

Lo que hace este Anteproyecto es dotar de mayor libertad al juez que creo que es absolutamente necesario. Porque muchas veces un concurso de dos, tres o nueve millones de euros tiene una mayor complejidad que otro de 100 millones.

La cuantía del pasivo es un indicio de su complejidad pero no el único.

Por eso lo que hace la ley es decir es que el juez pueda decidir en estos temas y le da algunos indicios: ¿Cuáles? Pues por ejemplo el hecho que el pasivo o el activo sea inferior a cinco millones de euros. Otro dato tiene que ver con la posibilidad de presentar un convenio anticipado que de lugar a la transmisión de toda la unidad empresarial. De esa manera se sabe que ese concurso será sencillo y además la posibilidad de cambiarlo en cualquier momento.

De todo esto, ¿Cuál es mi valoración?: muy positiva de todo lo que estamos hablando.

El nuevo proyecto habla del nuevo perfil del administrador concursal, en qué debería cambiar para que tengamos garantía de saber hacer?

La profesionalización de la administración concursal es imprescindible para que tengamos un derecho concursal saneado y unos concursos que se lleven bien y se cumplan según los objetivos que marca la ley que tienen que ver con la satisfacción en la medida posible de los acreedores y procurar también, en la medida de lo posible la propia continuidad de la empresa.

Actualmente la exigencia de especialización y formación así como los propios medios que tiene la administración concursal es francamente pobre. La actual Ley Concursal no entró lo suficiente en esta materia.

El hecho que ahora se pida una mayor especialización, como por ejemplo demostrar haber llevado diferentes procedimientos abreviados antes de poder gestionar un procedimiento ordinario.

También ahora se habla de pensar en una nueva estructura de sociedad profesional, donde se aúnen los esfuerzos de varios profesionales para la llevanza del concurso es desde mi punto de vista muy positiva porque además es algo que se está haciendo de facto.

Los profesionales que somos serios en estos temas y que nos preocupamos porque nuestros concurso funcionen mediante convenio y que las cosas salgan bien necesitamos asociarnos con otros profesionales para hacer labores complejas y de colaboración.

Por otro lado despachos como el nuestro, Broseta Abogados, que tienen profesionales de todas las ramas del derecho, saben abordar cualquier problema que se derive de un concurso de una mejor forma que un solo profesional que se centre en ese concurso específico y que tiene una visión mas llana de la materia.

Este nuevo anteproyecto también quiere reformar la posición de los trabajadores en concurso, ¿qué debe hacerse?

El Anteproyecto, al igual que la Ley nace de una mentalidad de protección para los trabajadores. Las modificaciones que se plantean en el anteproyecto y que me temo serán más discutidas y tocadas en el trámite parlamentario ya que es una materia donde siempre hay mucha discusión son el producto, como tantas otras modificaciones de la ley de la práctica de estos años.

Por ejemplo, había un problema con el que me he enfrentado en varios concursos importantes en los que estoy trabajando y es el hecho que cuando se solicita el concurso ya se ha iniciado un procedimiento ante la autoridad laboral, normalmente es un ERE.

Hoy por hoy, en el momento en el que se inicia el concurso la autoridad laboral lo que hace es declararse incompetente y todo lo que se ha actuado a lo largo de ese procedimiento laboral administrativo queda sin valor, lo cual implica una pérdida de tiempo, de dinero, un cansancio en los trabajadores que ya han llevado a cabo una negociación, etcétera.

En cambio con buen criterio lo que plantea el artículo 64 de la nueva Reforma es establecer que se procedimiento lo que hará será paralizarse momentáneamente y pasar a manos del juez del concurso y de la administración concursal, de tal forma que todo lo actuado hasta ese momento siga teniendo validez. Además no puede ser de otro modo, por otra parte.

Otra de las cosas que se modifica y creo que es muy positiva es el hecho que la ley actualmente lo que establece es que en la negociación del ERE de los trabajadores la llevará la propia administración concursal. En la práctica este factor es extremadamente difícil, sobre todo cuando el concurso es de mera intervención que es el 90 por cien de los casos, más que de suspensión.

Entonces, ¿qué sucede cuando es de mera intervención? Pues que la labor de la administración concursal en el concurso es intervenir las decisiones económicas y patrimoniales del concursado pero no tomar esas decisiones. Por lo tanto, lo lógico es que la concursada participe en esa negociación y que la administración concursal lo que haga realmente sea dar el visto bueno a la operación.

Sin embargo, tal y como está redactado el citado artículo 64 en la actualidad eso no era posible. Como le he comentado este tema se modifica en el Anteproyecto del que estamos hablando y se plantea que en situaciones de intervención la concursada participe en esa negociación.

Otra cuestión que entiendo que es bastante positiva tiene que ver con el hecho de que se pueda cambiar esos 30 o 15 días de negociación por el procedimiento de mediación o arbitraje si se tiene pactado en el convenio colectivo. Esto es algo que, hoy por hoy no es posible y que por ello resulta un poco absurdo en muchos supuestos.

Por último, estos cambios son los que necesita la economía española?

Esta es una pregunta complicada de contestar. Es evidente que los cambios que necesita nuestra economía no se solucionan con este proyecto. Ojala (sonríe).

Como le he comentado al principio de esta entrevista la Comisión que ha dado a luz este Anteproyecto creo que ha hecho una gran labor. ¿Es lo mejor que se podría hacer?. Pues sinceramente no lo sé. Todo es mejorable, desde luego. Lo que esperamos es el que el trámite parlamentario que ahora le queda a la ley, le ayude añadir o sumar más aportaciones y no entorpecerlo o volver difícil el propio texto o modificar asuntos por meras decisiones políticas o intereses políticos.

Creo que va ayudar a que los concursos funcionen mejor; servirán para lanzar un convenio que para ir a la liquidación de la empresa que ahora es lo que tristemente sucede de forma habitual.

Publicado en: diariojuridico.com


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