Funcionarios sin caja

Publicado por juan el Friday 12 November 2010 a las 00:00

Otra de las principales novedades respecto a la legislación actual es que los representantes del Parlamento regional y de los ayuntamientos en la Asamblea General de la Caja pasan del 60 al 40 por ciento. El número máximo de miembros de esta asamblea oscilará entre un mínimo de 60 y un máximo de 160.

Así lo ha dado a conocer este jueves el consejero de Presidencia y Justicia, Vicente Mediavilla, en la rueda de prensa en la que ha informado de los acuerdos adoptados en su reunión semanal por el Consejo de Gobierno.

El proyecto de ley, que tendrá que aprobar el Parlamento regional, adapta la normativa cántabra al decreto-ley estatal que modifica la regulación de las normas básicas sobre los órganos rectores de las Cajas de Ahorro que ha entrado en vigor este año, y persigue fundamentalmente una mayor profesionalización de dichos órganos.

Establece que es incompatible con la condición de compromisario y con la de miembro gestor de los órganos de gobierno de las cajas quienes tengan la consideración de cargo político electo; alto cargo de la Administración del Estado, de la Comunidad Autónoma y de la Local, así como de entidades del sector público y de derecho público-privado vinculadas o dependientes de aquellas.

Determina la “incompatibilidad” de cargos electos o miembros de “algún Ejecutivo” o entidad del sector público de ocupar cargos directivos ni de gestión dentro de las cajas.

Tampoco podrán ser cargos electos los miembros de la Asamblea General de la entidad que nombren el Parlamento y los ayuntamientos.

El proyecto de ley establece además que los órganos de gobierno pluripersonales deben actuar de forma colegiada y, dentro del objetivo de “intensificar la profesionalidad”, fija los requisitos para desempeñar los cargos de dirección y gestión de las cajas, desde el punto de vista de la “honorabilidad” comercial y profesional.

La actual Ley de Cajas de Ahorro de Cantabria es del año 2002. El proyecto de ley que se ha aprobado hoy se limita a un único artículo en el que se contienen 33 modificaciones, así como una disposición transitoria y dos disposiciones finales.

Publicado en: diariojuridico.com


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