¿Qué le preocupa al accionista minoritario?
Por Maria Conradi, abogada, directora Ejecutiva de AEMEC.
Las preocupaciones de los accionistas minoritarios siguen siendo básicamente las mismas. En una situación como la actual, compleja y no exenta de incertidumbre, dada la crisis financiera en la que nos hallamos inmersos, quizás una de las principales preocupaciones del accionista minoritario, sea la de recuperar la confianza en los mercados.
Cada vez hay menos capital difuso circulando libremente en Bolsa, lo que implica que el protagonismo pertenece a los mayoritarios que hacen y deshacen a su voluntad, de ahí la preocupación que las compañías cotizadas deberían tener por fomentar la transparencia, la igualdad de trato y el Buen Gobierno. Éstas deberían tomar medidas para atraer y conservar al pequeño accionista dentro de su capital, ofreciéndole incentivos, mejorando la información y facilitando la asistencia a Juntas, entre otras cosas.
Si bien es cierto que se ha hecho mucho por mejorar las relaciones del accionista minoritario con su compañía, siguen existiendo problemas de comunicación entre los pequeños accionistas y las compañías cotizadas. La información que se les facilita debería ser clara, para evitar interpretaciones equívocas; debe ser oportuna en el tiempo e igualitaria en su difusión, para evitar que se den abusos por disponer de información privilegiada; y garantizar que puedan tomar sus decisiones en igualdad de condiciones que el resto de los inversores. Hay que evitar la complejidad de datos, intentar que la información se centre en lo relevante, ya que el exceso de información puede ocultar al pequeño accionista lo verdaderamente relevante, explicar las dudas, los resultados, los ratios, etcétera, hay que dar calidad, no cantidad de información.
La actuación del pequeño accionista se encuentra limitada por las reglas impuestas por la mayoría, pero no debemos olvidar que los pequeños accionistas en su conjunto son los principales accionistas en gran parte de las compañías cotizadas, aunque esto no se refleje en su gobierno. En legítima defensa de los intereses de los accionistas minoritarios hay que evitar que sean objeto de trato discriminatorio y dotarlos de instrumentos de protección que eviten los abusos por parte de los mayoritarios.
Se debería facilitar al máximo la asistencia a Junta, no exigiendo más de una acción para asistir ó participar, de otra forma se impide a los pequeños accionistas participar en el máximo órgano de decisión de las sociedades. Todavía hoy quedan compañías que exigen más de una acción para asistir.
Varias compañías difunden su junta en directo por Internet, pero el voto electrónico tiene todavía un largo camino que recorrer.
Hay que fomentar que los minoritarios participen y agrupen su voto, constituyendo así un contrapeso, a los mecanismos más o menos automáticos de delegación de voto a favor de las propuestas del consejo, lo que supone que muchas compañías puedan tener todos los puntos de la junta aprobados antes incluso de que se celebre.
Habría que reflexionar también sobre los quórum y mayorías exigidos para la toma de determinadas decisiones, pero sobre todo sobre los porcentajes legales exigidos para el ejercicio de determinados derechos de minoría. Dadas las magnitudes de algunas de las cotizadas, resulta casi imposible para los minoritarios poder influir con la exigencia de la mayor parte de los porcentajes actuales. Es evidente que no es lo mismo el 5% de una sociedad con un capital de un millón de euros, que el 5% de una sociedad cuya capitalización en bolsa alcanza los 3.000 millones. Habría que solventar este problema buscando fórmulas alternativas, sino el resultado es siempre el mismo, nunca se escucha al pequeño accionista.
Los organismos reguladores deberían implicarse más en la defensa de los intereses del pequeño accionista promoviendo, entre otras cosas, el reconocimiento legislativo de las asociaciones de accionistas minoritarios, como en su día iba a dárselo el Código de Sociedades, lo cual daría protagonismo y reforzaría la protección de un colectivo poco tenido en cuenta a la hora de de participar en las decisiones y en el gobierno de su sociedad.
Publicado en: diariojuridico.com