Se profundiza la polémica por el turno de oficio en Madrid

Publicado por juan el Monday 11 January 2010 a las 00:01

En una carta a la opinión publica de Madrid, aclararon que:

1.- El abogado/a del turno de oficio, sea general o de extranjería, no puede interponer ningún recurso, ni administrativo previo, ni jurisdiccional, sin que exista una solicitud expresa del justiciable, o ciudadano, que requiere de dicha asistencia legal. Reafirmada a su vez por el Colegio de Abogados de Madrid que realiza la designación del Abogado/a, quien está obligado a aceptar dicha designación y defender al ciudadano.

2.- El abogado/a que acude a las terminales de Barajas, para asistir a detenidos en frontera, lo hace designado por el Colegio de Abogados de Madrid, y a petición de los ciudadanos detenidos en Barajas, que solicitan asistencia legal ante el procedimiento de devolución inmediata. Existe un servicio de orientación legal del Colegio de Abogados en cada Terminal, cuya función es garantizar los derechos de los extranjeros que vienen a nuestro País, verificando que cumplen los requisitos para acceder al servicio de asistencia letrada gratuita.

3.- Los letrados del turno de oficio, acudimos cada día a intentar defender derechos de los ciudadanos sin recursos, garantizando entre otros, el derecho de defensa y a la asistencia letrada.

El derecho a la tutela judicial efectiva es un derecho fundamental garantizado por el art. 24 de la Constitución de Estado para todos los ciudadanos sean nacionales o extranjeros, no se subordinan a razones presupuestales.

Los abogados de APAEM señalaron que “resulta una obviedad, pero hay que decirlo, nadie confunde Turno de Oficio con Defensa Gratuita, excepto la Comunidad de Madrid , que por intereses económicos, se niega a sufragar los gastos de los servicios públicos de forma reiterada, y exige a los inmigrantes documentos imposibles de presentar”.

4.- Las acciones o expresiones que lesionan la dignidad de las personas, imputando hechos con pleno conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, constituye delito de injuria. Por ello vamos a solicitar al ICAM amparo colegial, para que demande a la Comunidad de Madrid por lesionar gravemente el honor y la dignidad de los compañeros y compañeras que trabajan cada día en el Turno de Oficio de Extranjería por ejercer la defensa de los inmigrantes.

Publicado en: diariojuridico.com


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