Propuestas fiscales para combatir la crisis
Por Jose Blasi, abogado de Monereo Meyer Marinel-lo
Cuando decimos que la economía española no crece, que hay crisis, queremos decir que el Producto Interior Bruto (PIB) del país o bien crece de forma poco significativa o, lo que es incluso peor, decrece. Analizado desde el punto de vista de la demanda, el PIB viene a constituir esencialmente la suma del consumo, de la inversión y del saldo de las exportaciones menos las importaciones a lo largo de un año en un determinado país. Por tanto, resulta del todo punto de interés influir positivamente en la medida de lo posible en estas variables para que la economía vuelva a crecer. Y en este sentido, a nuestro juicio, creemos que la fiscalidad tiene algo que decir, como no podía ser de otra manera.
Antes de abordar posibles medidas fiscales que puedan contribuir al relanzamiento del PIB español, hay que advertir que éstas no deben favorecer un incremento del déficit público del Estado pues, en ese supuesto, otras variables que influyen en el PIB podrían verse negativamente afectadas, tales como el incremento de los tipos de interés, así como el aumento de las tasas de inflación.
Por tanto, las propuestas de reforma fiscal tendrían que ir encaminadas a conseguir la “cuadratura del círculo”, es decir, deberían ser medidas favorecedoras para el consumo, la inversión y las exportaciones y, a la vez, no ocasionar quebrantos en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas y de los entes municipales.
Antes de proponer medidas de reforma, nos gustaría en primer lugar reconocer la bonanza de una medida fiscal que se tomó hace un año y, por contra, criticar otra medida tomada hace unos meses y que entrará en vigor el próximo 1 de julio.
La medida fiscal ciertamente positiva en el sentido señalado, aprobada hace un año, es la relacionada con la libertad de amortización con respecto a las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y de las inversiones inmobiliarias, afectos a actividades económicas, puestos a disposición en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010, condicionada dicha libertad de amortización a que durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del período impositivo en que los elementos adquiridos entren en funcionamiento, la plantilla media total de la entidad se mantenga respecto de la plantilla media de los doce meses anteriores. Esta medida va, desde luego, en la buena dirección, pues puede adelantar decisiones de inversión.
La medida fiscal negativa, por contra, es el incremento de los tipos general y reducido del IVA, el general del 16 al 18 por 100, y el reducido del 7 al 8 por 100, aplicable a partir del 1 de julio de 2010. A todas luces, esta medida afectará negativamente al consumo, si bien se alega ayudará a reducir el vertiginoso déficit público.
Pues bien, proponemos en estas líneas dos medidas en el sentido señalado. La primera afectaría al Impuesto sobre Sociedades y estaría relacionada con la deducción por actividades de Investigación y Desarrollo e Innovación. En concreto, pasaría en primer lugar por volver a los porcentajes de deducción originales y, en segundo lugar, por eliminar el límite aplicable sobre la cuota íntegra ajustada (actualmente del 50 por 100), de tal forma que la actividad de I+D+i realizada en un ejercicio podría verse recompensada plenamente en ese mismo periodo fiscal. Esta medida estaría enfocada hacia las variables inversión y exportaciones del PIB.
La segunda medida estaría orientada hacia el consumo y trataría de aprobar un régimen fiscal especial para todas aquellas personas no residentes en España que decidiesen trasladar su residencia a nuestro país una vez jubiladas, de forma tal que el traslado de su residencia fuese fiscalmente muy atractivo. De alguna forma, también desde un punto de vista fiscal, se trataría de convertir a España en la Miami de Europa. Para ello deberían ser modificadas distintas leyes (IRPF, ISD e IRNR), de forma que estas personas pudiesen disfrutar de este régimen privilegiado desde el primer momento de su traslado a España (sería una suerte de “Ley Beckham para el Jubilado”). La contrapartida sería el consumo que se derivaría de su residencia, en forma de inversiones inmobiliarias, alimentación, suministros y un larguísimo etcétera.
En fin, ya sabemos que la “cuadratura del círculo” no existe, pero este tipo de medidas fiscales (estas u otras similares) a la larga, incluso a corto y medio plazo, deberían de ayudar muy positivamente a combatir la crisis. Ojalá nos escuchen.
Publicado en: diariojuridico.com