Anulaciones del TSJM
La sentencia anula la medida tercera que prohibía a la mutua gestionar sus activos que no estuvieran sujetos a contratos y asumir nuevas deudas o conceder créditos sin obtener una autorización previa por parte del organismo supervisor. La resolución fue ratificada por el Ministerio de Economía el 1 de diciembre de 2008.
La Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM estima así parcialmente el recurso de alzada presentado por AMA y concluye que ninguno de los hechos denunciados por la DGS “revisten de la suficiente entidad ni implican riesgo actual para los intereses de los mutualistas para justificar esta medida”.
Además, el TSJM considera que el control sobre la gestión de AMA fue una medida “desproporcionada”, ya que los “perjuicios potenciales” que puede generar a “la imagen y confianza” de la compañía “son muy superiores a los intereses que pretende salvaguardar”.
La sentencia confirma la medida quinta, que obliga al presidente de la entidad a realizar una lectura de la resolución de la DGS al consejo de administración en un plazo de dos meses.
El TSJM considera que esta medida es “proporcionada” para “llamar la atención” de la asamblea de la mutua con el objetivo de que adopte “un mayor control sobre la gestión del congreso y evite prácticas contrarias al buen gobierno”.
La sentencia considera “irrelevantes” y “sin incidencia” en el volumen de negocio las ventas de vehículos robados y recuperados tras el pago de la indemnización. Asimismo, concluye que son “opinables y discutibles” varias compensaciones económicas de los miembros del consejo de administración, así como varias operaciones realizadas por AMA con el Banco Guipuzcoano.
Fuentes del Ministerio de Economía confirmaron que recurrirán la sentencia en casación ante el Tribunal Supremo, al considerar que el fallo pone en duda el modelo de supervisión de la DGS.
En cumplimiento de la sentencia, el organismo supervisor ya ha levantado las medidas de control aplicadas a AMA y destacaron que el dictamen no pone en duda que en la mutua se hayan cometido irregularidades.
El organismo supervisor debe mantener la capacidad para investigar y sancionar las irregularidades que cometen los gestores de las empresas, a pesar de que éstas no pongan en peligro la solvencia.
La Audiencia Nacional tiene pendiente resolver el recurso de súplica presentado por la mutua contra el auto que confirmó la inhabilitación del ex presidente de AMA Diego Murillo y los antiguos consejeros de la mutua Manuel Campos y Manuel Sánchez, dictada por la DGS a raíz de las irregularidades detectadas.
Publicado en: diariojuridico.com