Convenio de suscripción de acciones entre España y la Corporación Andina de Fomento

Publicado por juan el Tuesday 25 May 2010 a las 00:01

La Corporación Andina de Fomento (CAF) es una institución financiera multilateral, fundada en 1970, cuyos accionistas son los cinco países de la Comunidad Andina de Naciones (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela), trece socios (Argentina, Brasil, Chile, Costa Rica, España, Jamaica, México, Panamá, Paraguay, Portugal, República Dominicana, Trinidad y Tobago y Uruguay) y catorce bancos privados de la Región Andina.

Esta Corporación es la principal fuente de financiación de los países andinos, por delante del Banco Interamericano de Desarrollo y del Banco Mundial. El significativo incremento de operaciones que se ha producido en los últimos años ha llevado a la CAF a ser la principal fuente de financiación en infraestructuras en América Latina. Además, ha registrado sucesivas revisiones al alza de su calificación de riesgo, lo que demuestra la confianza de los mercados financieros internacionales.

España es miembro de pleno derecho de la Corporación Andina de Fomento desde el 1 de enero de 2003. En ese momento nuestro porcentaje dentro del capital ordinario suscrito era de 3,5%. Como consecuencia del paso de Argentina, Brasil, Uruguay, Paraguay y Panamá a miembros plenos, el peso accionarial de España pasó a situarse en el 2,25%.

En 2009 se aprobó un aumento de capital íntegramente desembolsable, por un importe de 2.500 millones de dólares en valor patrimonial, a pagar entre 2010 y 2017, con el objetivo de mantener el papel anticíclico de la CAF durante la crisis y para fortalecer su papel de intermediario financiero para la región en el futuro.

El convenio firmado responde al compromiso del Gobierno, aprobado el pasado mes de febrero, de participar en la ampliación de capital de la Corporación Andina de Fomento con un incremento de la participación accionarial española hasta un 5%. El aumento de nuestra cuota de participación implica una aportación por importe de 326.997.600 dólares, a desembolsar en cinco años (2010-2014).

Publicado en: diariojuridico.com


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