Rechazan la demanda de los controladores
Los jueces de la Sala de los Social consideran que la ley del Gobierno fue “necesaria, idónea y proporcionada para corregir en el plazo “más breve posible” una situación “calamitosa” originada por el convenio colectivo de los controladores, situación que se convirtió “en un estado de excepción permanente que ha durado 20 años”.
Determinan que los derechos fundamentales no son “absolutos” y que se trata de garantizar la seguridad y la continuidad del servicio público del tránsito aéreo. La sentencia es recurrible ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el plazo de diez días desde su notificación.
Los jueces analizan en la sentencia la situación general de los servicios de tránsito aéreo “cuya interrupción puede ocasionar graves perjuicios sobre bienes jurídicamente protegidos, como el derecho a la libre circulación”.
Considera probado que la sostenibilidad y la eficiencia del sistema de gestión (esencialmente AENA) están “fuertemente afectados” por las importantes diferencias con la media europea de los cuatro principales proveedores de servicios (Francia, Alemania, Reino Unido e Italia). Constata así que el gestor aeroportuario tendría una desviación superior al 50% en los costes de control con respecto a la media comunitaria.
Es por eso que considera que la intervención del legislador, en este caso el Gobierno, sobre la prestación de servicios de tránsito aéreo “no sólo era obligada sino que era imprescindible” para corregir una situación “calamitosa”.
Considera evidente el “fracaso” de la negociación colectiva, que en este caso ha provocado que el proveedor civil de servicios de tránsito aéreo “se convierta en uno de los más ineficientes de nuestro entorno mientras los controladores obtienen retribuciones millonarias y disfrutan de unas condiciones de trabajo en las que el poder de la organización, planificación, dirección, gestión y supervisión y control de la prestación de servicios se cogestiona en el mejor de los casos y se desplaza individualmente a los propios controladores en el peor”.
Constata que la retribución media del colectivo alcanzó los 304.874 euros por controlador en 2007, excediendo en 210.316 euros anuales el incremento del IPC desde el año 1999, en el que entró en vigor el actual convenio firmado.
Publicado en: diariojuridico.com