Jornada Cuatrecasas, Goncalves Pereira-APD sobre la Reforma del Código Penal en materia empresarial
La nueva responsabilidad penal de las personas jurídicas ha centrado la jornada por Cuatrecasas, Gonçalves Pereira y APD.
“Además de introducir nuevos delitos o modificar sustancialmente los ya existentes, la gran novedad de esta reforma consiste en reconocer por primera vez en nuestro Derecho una verdadera responsabilidad penal de la persona jurídica, y de convertir así a la empresa en sujeto activo del Derecho penal, susceptible de cometer delitos y de ser por ello sancionada con auténticas penas, distintas y separadas de las que pudieran imponerse a sus administradores, empleados o representantes”, ha señalado Luis Jordana de Pozas, socio director del Grupo de Derecho Penal de Empresa de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira.
La reforma destierra definitivamente de nuestro ordenamiento el viejo axioma de que las sociedades no pueden delinquir, por lo que a partir de su vigencia, las personas jurídicas responderán penalmente de un amplio elenco de delitos por una doble vía: cuando tales delitos se hayan cometido en su nombre o por su cuenta, y en su provecho, por las personas que tienen poder de representación en las mismas o por sus administradores; y, segundo, por los delitos cometidos por sus empleados cuando sus responsables no hubiesen ejercido sobre ellos el debido control, informó el despacho en un comunicado.
Por ello, Alfredo Domínguez, coordinador del Grupo de Corporate Compliance de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira se ha centrado en uno de los puntos principales de la reforma: la implantación de un sistema de Corporate Compliance (o cumplimiento normativo) que contempla el código reformado como eximente o atenuante de las penas correspondientes.
Así, en los delitos cometidos por empleados en provecho de la empresa, la norma contempla como atenuantes de la responsabilidad penal de personas jurídicas el “haber establecido, antes del comienzo del juicio oral, medidas eficaces para prevenir y descubrir los delitos que en el futuro pudieran cometerse con los medios o bajo la cobertura de la persona jurídica.” Por tanto, el código reformado nos obliga a extremar los sistemas de control internos de las empresas.
En sus intervenciones, los socios de Cuatrecasas, Gonçalves Pereira han ido desgranando los principales delitos en los que las empresas, como personas jurídicas, pueden incurrir tras la reforma: Joaquín Burkhalter ha explicado la nueva protección penal del inversor y de la competencia, exponiendo el abuso de mercado y la corrupción en el sector privado.
José María Paret ha descrito la adecuación de los delitos contra la Administración Pública a la normativa internacional, que afecta al delito de cohecho, a la corrupción del funcionario público extranjero en transacciones comerciales internacionales y el tráfico de influencias. Por su parte, Santiago Milans del Bosch ha analizado la nueva regulación del delito fiscal y el blanqueo de capitales; y Olga García ha desgranado los delitos de nueva creación (acoso laboral, acoso inmobiliario y delitos informáticos) y los tipos delictivos ya existentes que modifica la reforma (estafa, alzamiento de bienes, contra la ordenación del territorio y urbanismo y contra el medio ambiente).
La jornada, inaugurada por Enrique Sánchez de León, director general de APD, y que ha contado con la intervención de Adolfo Prego de Oliver y Antonio del Moral, magistrado y fiscal respectivamente del Tribunal Supremo, ha reunido a más de 350 empresas.
Emilio Cuatrecasas, que ha clausurado la jornada, ha coincidido con el magistrado Prego de Oliver en que la incorporación de las personas jurídicas al ámbito penal no es perfecta; aunque se mostró convencido de que los tribunales modularán su aplicación.
“Las incorrecciones se corregirán, y la responsabilidad de las personas jurídicas será practicable en nuestro ordenamiento”. Por ello ha hecho hincapié en la importancia de incorporar un sistema de Compliance, ya que la reforma del Código Penal implica un cambio de mentalidad. “Es mejor prevenir a tiempo”, ha concluido.
Publicado en: diariojuridico.com