La Justicia argentina castiga a S&P por una calificación irregular
A través de la Resolución 15.335 del año 2006 la CNV aplicó a la calificadora una sanción de multa de 20.000 pesos indicando que la misma debía ser solventada en forma solidaria por sus directores.
La medida se adoptó luego de comprobar que S&P calificó los títulos del Citibank y del BankBoston con “AAA”, es decir la categoría correspondiente a los títulos de mayor calidad y menor riesgo, cuando los auditores externos no habían expresado su opinión sobre los estados contables de dichas instituciones por lo que, según la normativa, la calificación debería haber sido “E”.
La actividad de las calificadoras de riesgo está exhaustivamente regulada y se encuentra sujeta a la fiscalización permanente de la CNV en virtud del interés público comprometido.
De acuerdo con el art. 4 del Capítulo XVI del las NORMAS (N.T 2001) la calificación de valores negociables u otros riesgos previstos por el decreto nº 656/92 debe basarse en los procedimientos descritos en un manual, previamente aprobado por la CNV, el cual deberá contener claramente los pasos a seguir en el proceso de calificación.
El manual de S&P registrado ante la CNV al 15 de julio de 2002 establece que en los casos en que los dictámenes de los auditores externos tengan abstención de opinión u opinión adversa corresponde calificar los títulos con categoría “E”.
El Tribunal sostiene en su fallo que S&P incurrió en un franco incumplimiento de su propio manual y afirmó que el desarrollo ordenado y transparente del mercado de capitales requiere la existencia de firmas especializadas que satisfagan la demanda de información del público inversor mediante calificaciones de riesgo que provean información oportuna y adecuada, la cual no debe interpretarse como una recomendación sino tan solo como datos adicionales para adoptar decisiones de inversión.
Publicado en: diariojuridico.com