El Modelo de Financiación Público a examen: El canon de RTVE; en la encrucijada
Por Marta Torres Maestre, Abogada de Legal & Media Advisers.
Los operadores de telecomunicaciones están de enhorabuena. En la batalla que tienen abierta desde hace más de dos años contra el Gobierno español sobre el actual modelo de financiación de la RTVE, (Ley 8/2009 de 28 de agosto de financiación de la Corporación de la Radio y Televisión Española) acaban de obtener un punto a su favor. El pasado 20 de marzo, la Comisaria de Telecomunicaciones, Neelie Kroes ha decidido finalmente elevar la correspondiente denuncia contra el Reino de España y contra Francia, entre otros, ante el Tribunal de Luxemburgo por la aplicación de la tasa que les obliga a contribuir a la financiación de la televisión pública con el 0,9% de sus ingresos brutos.
A pesar de que Don Ramón Jáuregui, Ministro de la Presidencia sigue defendiendo que la tasa objeto de controversia, inspirada en el modelo francés, no grava de manera duplicada el uso del espectro radioeléctrico sino otro hecho imponible como es el hecho de que las empresas de telecomunicaciones emiten publicidad en sus portales audiovisuales, lo cierto es que, los ajustes técnicos realizados por España en aras a evitar la denuncia ante el Tribunal de Luxemburgo, no han convencido a la comisaría europea que sigue considerando que la tasa aplicada a los operadores de telecomunicaciones puede ser incompatible con la normativa europea en materia de telecomunicación. Y es que según dichas normas de la UE, las tasas cobradas a los operadores de telecomunicaciones europeos sólo pueden sufragar determinados costes administrativos y de reglamentación (principalmente las autorizaciones y las tareas de regulación) y deben ser objetivas, transparentes y proporcionadas, no pudiendo subsumirse en dicho concepto las tasas que desde Septiembre del año pasado se exigen a las empresas españolas de telecomunicación.
Es bien sabido que la imposición de la Ley de Financiación de la Radio y la Televisión Pública contó en su momento con muchos detractores. No solo el informe de la CMT era desfavorable al canon de las “telecos”, sino que varios partidos políticos, tan dispares como Izquierda Unida o el Partido Popular alzaron la voz y se mostraron contrarios a este sistema de modelo de financiación de RTVE que obliga a terceras empresas ajenas a la televisión a sustentar la desaparición de la publicidad en la televisión pública sobre la base de un supuesto beneficio de dicha supresión.
Por su parte, las diversas agrupaciones de las empresas del sector de las telecomunicaciones, como Redtel, AETIC o ASIMELEC advertían que dicha medida podía no solo limitar sus inversiones en nuevas redes y servicios avanzados, sino que también podía afectar a sus costes laborales o suponer una penalización a sus clientes a quienes repercutirían dicha tasa con la correspondiente subida en las tarifas del teléfono e Internet.
El Tribunal Supremo silenció momentáneamente estas protestas, con la consiguiente satisfacción para el Gobierno, al desestimar la solicitud de medidas cautelares presentadas por Telefónica, Vodafone y Ono por entender que la aplicación de la tasa no ponía en peligro su viabilidad como empresas y debía prevalecer el interés general sobre el interés de los particulares.
Pues bien, parece que la Comisión Europea no opina del mismo modo que nuestra máxima autoridad judicial al entender que la tasa que se aplica a los operadores de telefonía en España y Francia “aparentemente no está relacionada con los costes de regular el sector, sino que está relacionada con la ausencia de ingresos publicitarios”. Por dicho motivo, ha recomendado a nuestros altos dirigentes que dejen de cobrar dichas tasas hasta que haya una resolución definitiva.
Sin embargo, el Gobierno ha hecho oídos sordos a estas recomendaciones y sigue reclamando el pago del arancel a las empresas de telefonía a quienes les ha impuesto hacerse cargo de más del 24 por ciento del coste total de la financiación. Su decisión de continuar reclamando el pago de este canon ha supuesto un incremento en sus arcas de más de 200 millones.
Lo cierto es que la Ley de Financiación de RTVE tan solo parece agradar a unos pocos, al Gobierno que recauda el 0,9% y el 3% respectivamente de los ingresos brutos de las empresas de telecomunicaciones y de las televisiones privadas y también a estas últimas, las cadenas de televisión privadas de ámbito estatal que, reunidas en UTECA, han visto como la tarta del mercado publicitario dice adiós a un competidor añadido que les encarecía los costes.
Desconozco si las cadenas privadas estatales siguen defendiendo las virtudes de este sistema de supresión de publicidad puesto que los niveles de audiencia de la televisión pública nacional, en concreto de TVE1, se han incrementado gracias a la ausencia de publicidad, en detrimento suyo, todo lo cual no hace sino constatar el alto grado de saturación alcanzado por parte de los telespectadores en materia de publicidad, hartos de ver hasta la saciedad mismos anuncios de publicidad en todas las cadenas de televisión.
Independientemente de cual sea el mejor modelo de financiación de la televisión pública, lo cierto es que, en este momento de crisis económica en el que está sumido la sociedad española, el presupuesto establecido en los Presupuestos Generales del Estado para financiar la televisión pública por valor de 1.200 millones de euros, debería ser más que suficiente para gestionarla y ofrecer al telespectador una programación interesante y atractiva. Tener que recurrir a las compañías de telecomunicaciones cuya relación con la publicidad suprimida es harto cuestionable y no es una solución satisfactoria, pues en el supuesto de que la Comisión Europea de la razón a los operadores españoles, será nuevamente el contribuyente quien deba hacer frente al agujero que se deje de ingresar.
Volviendo al tema inicial, y quedando a la espera de que el Tribunal de Justicia europeo se pronuncie sobre la legalidad o no de la tasa exigida a las empresas del sector de la comunicación, la pregunta que nos debemos hacer es ¿qué ocurrirá en caso de que el Tribunal de Luxemburgo decida que la aplicación de la tasa es ilegal y que por tanto debe desaparecer? ¿Procederá en ese caso el gobierno español a devolver las cantidades ya abonadas por las empresas de telecomunicaciones, incluidos los suculentos intereses que se están generando? Y en caso de que sea así, ¿procederán dichas empresas a devolver a sus clientes las cantidades indebidamente exigidas en el pago de sus tarifas? En mi opinión, en el supuesto de que el Tribunal de Luxemburgo admita las alegaciones realizadas por las empresas de telecomunicaciones y se siga el criterio de la Comisaria de Telecomunicaciones, Neelie Kroes, mucho me temo que nadie va a proceder a la devolución de las cantidades que directa o indirectamente hemos estado pagando todos los contribuyentes desde la promulgación de esta ley, siendo por tanto, nuevamente el ciudadano el principal perjudicado.
Publicado en: diariojuridico.com