La abogacía catalana critica las reformas procesales del CGPJ, en vísperas de la reunión del Poder Judicial con Rajoy
Mejorar la justicia como servicio público enfrenta a jueces y abogados en lugar de asociarles en un frente común. Si hace unos días desde el CGAE se daba una queja formal por las declaraciones del vocal Manuel Bénitez, ayer, vísperas de la reunión de Carlos Dívar con Mariano Rajoy, presidente del PP, el Consell de l’Advocacia Catalana ha manifestado su rechazo a determinados aspectos del Proyecto de Ley de Medidas de Agilización Procesal.Este organismo de los abogados catalales cuestione que el Proyecto de Ley de Agilización Procesal plantee, entre otros aspectos, que las sentencias en juicios verbales de reclamación judicial de una cuantía de hasta 6.000 euros pasen a ser firmes, es decir, que no se puedan recurrir. También propone que se aumente de 15.000 a 80.000 euros la cuantía mínima para recurrir en casación ante el Supremo en el orden civil, así como para presentar recursos de apelación y casación en el contencioso administrativo. El objetivo del gobierno, con estas medidas, es agilizar la justicia, pero los abogados consideran que esta no es la vía más adecuada para conseguirlo.
Desde su punto de vista es evidente que la justicia está colapsada pero no se trata de limitar su acceso. ” el Ministerio de Justicia ha optado por aprobar un proyecto de ley de medidas de agilización procesal que incide directamente en la simplificación y supresión de trámites que considera innecesarios y en impedir la dilación deliberada del proceso o limitar el uso desproporcionado de instancias judiciales”, afirma el Consell de l’Advocacia Catalana, el organismo representativo de los 14 Colegios de Abogados Catalanes, para quien “el derecho de defensa de los intereses de los ciudadanos se concreta en el proceso judicial en la utilización de todos los medios necesarios y, especialmente, a la revisión de la decisión adoptada por el órgano judicial” .
En este sentido, la abogacía catalana considera que “suprimir el derecho a recurso contra determinadas resoluciones judiciales en función de su cuantía restringe, reduce y puede llegar a anular el derecho a la defensa y, por tanto, limita derechos fundamentales de los ciudadanos”.
Para los abogados catalanes, si lo que se quiere es evitar el colapso de los órganos superiores, “habrá que dotarlos de nuevos medios, humanos y tecnológicos, para agilizar su carga de trabajo, pero no consideramos adecuado optar por la descarga por vía de la restricción al acceso, ya que afecta directamente los derechos de los ciudadanos”.
Los jueces también se equivocan
El Consell de l’Advocacia Catalana advierte que “los jueces no son máquinas, y en los pleitos deben considerar múltiples factores y circunstancias para poder alcanzar una decisión que la sociedad calificará de justa. Pero precisamente por este motivo pueden equivocarse, y toda persona afectada por una sentencia que ha decidido en contra de sus intereses tiene derecho a que sea revisada”.
Además, los abogados catalanes consideran que el establecimiento de tasas para poder litigar o la extensión del sistema de imposición de costas de carácter objetivo a procedimientos en los que ahora sólo se establecen si se aprecia temeridad o mala fe procesal, tiene un carácter disuasorio que puede afectar al derecho a la tutela judicial efectiva. Concretamente, “en los pleitos contra la Administración pública sería muy grave que el ciudadano que, en uso de su derecho, ha recurrido la decisión administrativa tuviera que pagar si la demanda es desestimada, lo que agrava aún más si se suprime el derecho a recurso y revisión de la decisión por una segunda instancia”.
Publicado en: diariojuridico.com
