Daniel Sanroque, médico perito, experto en temas legales:“Hacer trabajar con prisas a un perito supone que podamos equivocarnos en nuestros informes”

Publicado por admin el Wednesday 27 April 2011 a las 09:18

Compagina con frecuencia su actividad como médico perito con la docencia. En esta oportunidad ha aceptado una invitación del Colegio de Abogados de Madrid para organizar un seminario donde nuestro interlocutor ha explicado de forma muy práctica la relación existente entre estos profesionales con abogados y detectives. No hay un solo sitio libre. Las preguntas se suceden a lo largo de las dos horas de la conferencia en una tarde calurosa. Daniel Sanroque, nuestro entrevistado, no pierde la paciencia y contesta a todas y cada una de ellas con rapidez y concreción. “La mejor forma es trabajar entre abogado y perito es codo con codo desde el principio hasta el final, afirma, al finalizar este encuentro. “El médico perito debe saber exactamente qué se espera de él. La frase “el perito responde según se le pregunta” es totalmente cierta. El perito debe comentar su punto de vista con el abogado, facilitarle el borrador del pericial, comentar conjuntamente los aspectos médicos y legales, pues el abogado no es médico y debe entender lo que el médico intenta transmitir.”

A lo largo de esta conversación Daniel Sanroque desentraña la labor de estos profesionales, tan útiles para los jueces como para los propios abogados:” Hace un año publiqué , “Peritos, Abogados y viceversa. Experiencias de un perito médico”, una obra que describe circunstancias vividas a nivel profesional”, comenta . A lo largo de los capítulos se muestra situaciones frecuentes, que conforman el día a día de la relación entre peritos, abogados, jueces o clientes. Se trata de sacar a la luz un mundo muy poco conocido, de exponer a quién podemos encontrar cuando empezamos un proceso legal, en especial si está relacionado con la medicina.” En este contexto charlamos sobre incapacidades laborales, los fraudes en las empresas, el papel del perito en estos procesos; su posible responsabilidad penal y civil ante ciertos hechos y el momento de crisis en el que vivimos “donde el absentismo se reduce porque hay miedo a perder el puesto de trabajo”

Licenciado en medicina y cirugía, el Dr. Sanroque inició su actividad profesional en 1994.Progresivamente, desde el 2001, fue introduciéndose en la medicina de valoración y en 2005 empezó su actividad médico-pericial de forma autónoma e independiente. Además de prestar servicios en toda España y Andorra, es posible, mediante acuerdo previo, llevarlo a cabo en otros países.

En la actualidad compagina su actividad como Director Área Médica en Claim Center, S.L. con su trabajo en su clínica particular desde donde realiza de informes médicos destinados a trámites jurídicos o administrativos:
- Accidentes: lesiones, periodo de sanidad y secuelas.
- Seguros: pólizas privadas de seguro (incapacidad temporal, vida, accidentes personales).
- Laboral: incapacidades permanentes, impugnación de altas.
- Determinación de minusvalías. – Incapacitación legal.
- Negligencias médicas: informes periciales, valoración de viabilidad.
- Informes médicos en vía penal: informe sobre mecanismos y compatibilidad de lesiones, etc.
- Estudio de documentación médica: historias clínicas, informes forenses, informes de autopsias,

Respecto a su formación Sanroque es Máster en Medicina Evaluadora, Máster en Medicina Legal, Máster en Psicología Jurídica y Forense. También es Diploma Acreditativo de Capacitación en Medicina Pericial y Evaluadora (Colegio Oficial de Médicos de Barcelona) y Perito de Seguros Personales y en la Especialidad de Medicina (UNESPA, APCAS Departament d’Economia i Finances de la Generalitat de Catalunya). Acreditación en Medicina de Urgencias y Emergencias, Director de Instalaciones Radiológicas con Finalidad Diagnóstica.

¿Podría explicarnos en síntesis cuál es el papel de profesionales como usted en el campo laboral?

En el campo laboral tenemos básicamente dos frentes: el primero hace referencia a la incapacidad laboral del trabajador, desde su perspectiva. Es decir, valorar si presenta una incapacidad laboral permanente, impugnar un alta médica, valorar secuelas permanentes (invalidantes o no), etc.

El otro hace referencia a valoración de duración de bajas, estudio de informes de seguimiento de detectives, etc. Son los aspectos que preocupan a los empresarios.

¿Qué opinión tiene del marco legislativo que regula la actividad de su profesión? ¿Es el idóneo para que se desarrolle de forma correcta?

Desde mi punto de vista, el perito médico es un profesional que conoce perfectamente la información importante para un determinado caso y aquella que carece de trascendencia. Está acostumbrado a valorar el secreto profesional y sabe, al menos debería saber, qué datos se pueden poner de manifiesto, y cuáles no, en un proceso judicial. Por ello, no tener acceso a la historia clínica de un paciente dificulta enormemente nuestro trabajo. Te encuentras con jueces que niegan el acceso por considerar que son datos sensibles, pero si tratamos temas de salud ¿qué datos hemos de manejar, sino los que hacen referencia a ella?

Otros solicitan copia de la historia clínica, pero no te permiten obtener una copia, por lo que debes desplazarte hasta el juzgado para tomar notas (lo cual en mi caso, que actúo en todo el territorio nacional, puede ser complejo). También los hay que deciden qué parte de la historia puedes consultar, o te limitan la especialidad, el centro de salud, el hospital, etc., lo cual, muchas veces, dificulta nuestro trabajo. Incluso lo puede impedir.

Otro aspecto que muchas veces crea problemas es que la ley de enjuiciamiento civil no prevé la suspensión de un juicio si el perito no se puede presentar (de forma justificada). Habitualmente, los jueces con larga experiencia no ponen ningún problema en modificar la fecha del juicio si el perito tiene una coincidencia de señalamientos, pero en otros casos no es así. He llegado a tener tres juicios en un mismo día, en tres localidades diferentes (separadas por centenares de kilómetros) y ninguno de los tres jueces querer suspender. Ello, desde mi punto de vista es muy grave, pues crea indefensión a la parte que ha contratado los servicios del perito.

También, cuando intentamos investigar antecedentes, el hecho de que no exista una historia clínica unificada complica mucho nuestra labor, pues estamos a merced de lo que diga el paciente, sin que podamos estar seguros de si se nos oculta un centro donde fue tratado. Esto sucede muchas veces. Médicamente estamos seguros de la existencia de antecedentes relevantes para un caso, pero no encontramos dónde está la documentación.

¿Cuál es la mejor fórmula para que la colaboración entre el médico perito y el abogado sea lo más fructífera posible?

La mejor forma es trabajar codo con codo desde el principio hasta el final. El médico perito debe saber exactamente qué se espera de él. La frase “el perito responde según se le pregunta” es totalmente cierta. Es la piedra angular del inicio de colaboración. La información se debe aportar lo antes posible. Hacer trabajar con prisas a un perito es arriesgarse a que cometa un error. El perito debe comentar su punto de vista con el abogado, facilitarle el borrador del pericial, comentar conjuntamente los aspectos médicos y legales, pues el abogado no es médico y debe entender lo que el médico intenta transmitir. Por el contrario, el médico debe entender cómo se plantea legalmente el tema.

Hablemos del Código Deontológico del médico perito, ¿Cómo se regula su profesión ante posibles comportamientos fraudulentos de estos profesionales?

La responsabilidad profesional del médico perito puede ser penal, civil o colegial, por lo que está regulada, no sólo por el Código Deontológico, sino por la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Es una responsabilidad muy frecuentemente olvidada. Un perito puede incurrir en falsedad, cohecho, incomparecencia no justificada, faltar al secreto profesional, lo que establece una responsabilidad penal. A nivel civil, puede ocasionar pérdidas económicas a su cliente si hace un informe deficiente, o no lo hace, o lo entrega fuera de plazo.

Desde un punto de vista deontológico, el informe debe ser respetuoso, aunque se esté valorando una mala praxis médica. Se debe recordar que la actividad asistencial y pericial son incompatibles. Esto último se olvida con mucha frecuencia, y nos encontramos con médicos que realizan actividades asistenciales y luego peritan sobre el mismo paciente.
Sorprende que, dándose esos casos, rara vez se denuncia al perito.

¿Dónde está la clave de un buen informe pericial, que sea útil en una vista?

El informe pericial debe ser claro, sus partes deben estar perfectamente diferenciadas. Ha de contribuir a aclarar conceptos. De nada sirve un informe pericial lleno de vaguedades. Ni uno con una extensión que lo hace imposible de leer.
Hay que intentar evitar, dentro de lo posible, el lenguaje científico.

El informe debe ser comprensible y conciso, pues ha de servir para que una persona que no es médico (el juez) tome una decisión sobre un tema médico.

Desde el punto de vista laboral y desde su experiencia, ¿Cuáles son las principales causas que se plantean a la hora de pedir la baja laboral?

Se podría contestar con el título del trabajo de investigación subvencionado por el Ministerio de trabajo, Secretaría de Estado de Seguridad Social: Trastornos musculoesqueléticos, psicopatología y dolor (http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/143942.pdf). Se trata de un trabajo en el que colaboré como perito en valoración médico-legal. En él queda patente la interrelación de estas patologías, llegando a formar un entramado único. Y que representan la gran mayoría de las causas de baja laboral.

¿Cómo valora el alto nivel de absentismo en nuestro país? ¿Cree que con la crisis se va a reducir estos ratios?

Mi experiencia es que sí. Siempre que se vive una época de crisis, generalizada o de un sector determinado, se produce una variación en el absentismo laboral. El miedo a perder el puesto de trabajo hace que el trabajador sea reacio a solicitar la baja. El mayor control de la incapacidad laboral también ayuda a disminuir el absentismo.

Pero tenemos una asignatura pendiente: que el médico de cabecera aprenda a controlar las bajas. Esa asignatura no se enseña en las Facultades. La aprende el médico, bien o mal, durante el ejercicio profesional. Sin que nadie supervise o regule esa formación. De ahí que haya médicos que den la baja desconociendo la profesión del trabajador, olvidando que la patología no incapacita. Es la patología en relación a una actividad profesional la que puede incapacitar.

¿Disponen a su juicio las empresas de los mecanismos suficientes para detectar los fraudes laborales?

La empresa siempre se mueve en el terreno de las sospechas. Un trabajador que constantemente tiene periodos de incapacidad, aunque sean cortos, indisposiciones sin baja, rumores de que han visto al trabajador realizando una vida normal, etc.

Por ello deben recurrir a servicios médicos especializados en control de bajas, acudir al domicilio del trabajador pocas horas después de no presentarse al trabajo, etc., o contratar detectives privados para realizar seguimientos. Estos seguimientos deben ser valorados por un médico perito.

En definitiva, el empresario sólo puede utilizar medios indirectos, sin conocer el motivo de baja y sin que el médico de la empresa pueda dialogar con el médico del paciente.

¿Se puede crear un perfil del defraudador a nivel laboral, tanto como empleado o como profesional autónomo?

Generalizar siempre es malo, pero es obvio que el trabajador responsable en su puesto de trabajo no suele ser un defraudador. En relación al autónomo, si su sector está en crisis es posible que intente minimizar su situación cobrando como si estuviera de baja y realizando, al mismo tiempo, trabajos.

Un ejemplo lo tendríamos en los autónomos de la construcción, con póliza privada de incapacidad laboral. Al iniciarse la crisis del sector, por la denominada “burbuja inmobiliaria”, se dispararon las bajas.

Sobre nuevos factores como estrés laboral o mobbing, ¿cómo pueden convertirse en causas para que el trabajador pida la baja?

El nivel de estrés de un determinado puesto de trabajo se puede valorar mediante cuestionarios anónimos. Posteriormente la empresa debe actuar en consecuencia. Forma parte de la prevención de riesgos laborales.
No obstante, puede ser que la empresa no realice las modificaciones oportunas o que provoque, directamente, el nivel de estrés elevado, lo cual iría en contra de la salud del trabajador, pudiéndose manifestar como un trastorno psiquiátrico (ansiedad, depresión, etc.). Una vez establecido este trastorno tendríamos una causa contra la empresa.

Con todo, el trabajador también puede alegar estrés de forma injustificada. No podemos olvidar que el estrés no es una patología, sino un mecanismo de adaptación. El exceso de estrés es lo que puede causar patologías, por lo que la causa de la incapacidad laboral no se debería a tribuir al estrés, sino a la patología derivada del mismo. Si el estrés fuera causa de baja laboral, todos los corredores de F1 estarían de baja, por lo que volvemos a la necesidad de una correcta formación en la gestión de la incapacidad laboral por parte de los médicos de cabecera.

Publicado en: diariojuridico.com


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