Las 254 candidaturas de Bildu ya están en campaña tras el fallo del Constitucional que las legaliza
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) autorizó ayer a Bildu a presentarse a las elecciones del 22 de mayo por seis votos a favor y cinco en contra. El contenido de la sentencia -que subraya que se había vulnerado el derecho a acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad- se conocerá en los próximos días, ya que no se puede notificar hasta que estén redactados los votos particulares. Este hecho no impedirá a los candidatos de la coalición participar en la campaña, que empezó la pasada medianoche. Con esta resolución, el TC ha infligido un serio correctivo al Tribunal Supremo (TS), que el domingo anuló las listas de la entente por nueve votos a favor y siete en contra.
Tras constatar que había un empate en su sala, el vicepresidente del alto tribunal, Eugenio Gay, y los jueces Luis Ortega y Elisa Pérez Vera, los tres progresistas, solicitaron que el recurso presentado por Bildu fuera trasladado al pleno. Esta es la primera vez desde que entró en vigor la ley de partidos que el pleno del TC resuelve un recurso contra una decisión del TS de anular candidaturas por ser sucesoras de Batasuna.
Los 11 jueces estudiaron la propuesta del ponente, el expresidente del TS Francisco José Hernando, partidario de avalar la decisión del Supremo de expulsar todas las listas de Bildu del 22-M. Pero esa ponencia fue rechazada por seis votos a cinco. El magistrado progresista Manuel Aragón optó por pasarse al bando conservador. Consecuentemente, se designó a un nuevo ponente, el progresista Luis Ortega, que ya redactó la sentencia que autorizó la presencia en los comicios municipales y forales de una agrupación también anulada por el TS.
Sobre las reacciones, desde el Gobierno, El Ministerio de Justicia acata y expresa su absoluto respeto a la sentencia dictada por el Pleno del Tribunal Constitucional en el recurso de amparo presentado por la coalición electoral Bildu. Desde el primer momento, el Gobierno ha actuado de conformidad con lo dispuesto en las leyes y siguiendo los procedimientos establecidos. En el Estado de Derecho a cada poder del Estado corresponden concretos cometidos y el Gobierno ha cumplido con los suyos.
En nuestro sistema constitucional es competencia de los tribunales determinar la legalidad de las candidaturas electorales.El Gobierno, a través de la Abogacía del Estado, impugnó todas las candidaturas presentadas por considerar que de los informes en su poder se derivaban motivos suficientes para cuestionar su legalidad. La Sala Especial prevista en el artículo 61 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dictó sentencia estimatoria y declaró su nulidad.
Interpuesto recurso de amparo, el Tribunal Constitucional ha reconocido que la coalición puede participar en las elecciones. Las decisiones del máximo intérprete de la Constitución, que tiene la última palabra en esta materia, deben ser cumplidas por todos los ciudadanos y poderes públicos.
Por su parte, desde el PP, principal partido de la oposición, El Partido Popular respeta, como ha hecho siempre, la decisión del Tribunal Constitucional. Pero lamenta profundamente que las pruebas que convencieron al Tribunal Supremo de que Bildu es una estrategia diseñada por ETA, no hayan convencido a una exigua mayoría del Tribunal Constitucional. Por ello valora de forma especial la posición de quienes han anunciado un voto particular.
Es una mala noticia que una mayoría del Tribunal Constitucional permita la presentación a las elecciones municipales de listas diseñadas por ETA-Batasuna. Es una mala noticia, pero no definitiva, porque caben, como hemos venido diciendo, otras vías sucesivas de impugnación.
Por eso, el Partido Popular reitera la necesidad de desenmascarar cualquier fórmula fraudulenta que permita al brazo político de ETA o a sus coaligados eludir la Ley, concurrir a unas elecciones democráticas y obtener representantes en las Instituciones mientras ETA no abandone las armas. La experiencia demuestra que, pese a la apariencia de distanciamiento de los candidatos, es ETA quien ejerce el control mientras siga viva. Ello nos llevó a introducir en la Ley Electoral reformas para impedir, por todos los medios del Estado de Derecho, que ETA-Batasuna consiga su objetivo.
Desde el PP se pide al Ejecutivo que no baje la guardia. En primer lugar, “si durante la campaña electoral” se “tuviera conocimiento de circunstancias que impidan la presentación de candidaturas”, el Gobierno debe interponer nuevo recurso para anularlas ante la Sala del 61 del Tribunal Supremo, y tiene de plazo hasta el próximo día 12 de mayo. (Nuevo art. 49.5 LOREG)
Posteriormente, “desde la votación hasta la proclamación de electos”, la nueva vía recogida en el art. 108 permite al Gobierno presentar “demanda de ilegalización del partido o partidos integrantes de la coalición”, si se demostrara que se han convertido en instrumentos de ETA, así como solicitar la suspensión cautelar de la proclamación de sus electos, evitando que tomen posesión de sus cargos.
Por último, si llegaran a tomar posesión de sus escaños, hay que recordar que la reforma de la Ley Electoral incluye también (art. 6.4) la previsión de aplicar, “en cualquier momento del mandato”, “la incompatibilidad sobrevenida” a todos los electos que hayan concurrido a las elecciones en fraude de Ley y que hayan formado parte de candidaturas de partidos o coaliciones sucesoras o continuadoras de un partido ilegal. (art. 108.4 bis)
Publicado en: diariojuridico.com

