La Audiencia Nacional admite a trámite una denuncia de la Fiscalia Anticorrupción contra Emilio Botin por presuntos delitos fiscales
El titular del juzgado número 4 de la Audiencia Nacional, Fernando Andreu, ha admitido a trámite una denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción contra Emilio Botín Sanz de Sautuola y sus 5 hijos, así como contra Jaime Botín Sanz de Sautuola y sus 5 hijos por la presunta comisión de delito contra la Hacienda Pública y, en su caso, falsedad documental.
Los hechos denunciados se remontan al 24 de mayo de 2010. Las Autoridades fiscales francesas informaron a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de una serie de clientes, entre los que se encontraban los denunciados, de la entidad bancaria HSBC PRIVATE BANK SUISSE, con fondos en determinadas cuentas del citado banco suizo y que no se habían presentado las autoliquidaciones del IRPF y/o del Impuesto sobre el Patrimonio de los ejercicios de 2005 a 2009.
A requerimiento de la Agencia Tributaria, los denunciados procedieron a la presentación de declaraciones de 2005 a 2009, en la mayor parte complementarias de las previamente presentadas en el plazo voluntario de la declaración.
El 15 de abril de 2011, la Administración Tributaria recoge en sus informes que, debido a la ingente documentación presentada por los denunciados, es incapaz de determinar si las regularizaciones realizadas han sido completas y veraces y envía el expediente a la Fiscalía Anticorrupción que finalmente presentó denuncia en la AN, “ ya que al prescribir el ejercicio de 2005 en la fecha de 30 de junio de 2011, la labor de verificación de las regularizaciones realizadas por el conjunto de contribuyentes, no puede concluir en la sede de la Fiscalía Especial y se hace necesaria la interposición de la presente denuncia”, añadiendo que “en el supuesto de que las regularizaciones practicadas por los contribuyentes sean completas y veraces, será de aplicación, en sede de jurisdicción penal, la excusa absolutoria prevista en el artículo 305.4 CP y el archivo de las diligencias incoadas”.
En su auto de admisión, el juez Andreu explica el objeto inicial de la presente investigación. ”Dada la imposibilidad reconocida por dicha Administración para realizar una valoración en plazo sobre la corrección o no de las declaraciones complementarias practicadas por los denunciados, es necesario que, mediante el presente procedimiento se determinen, previamente, qué conductas aparecen como exigibles a cada uno de los denunciados a fin de regularizar, o de poner en orden, su situación tributaria relacionada con aquellas deudas quetendrían su origen en la presunta y previa defraudación consumada de una cuota tributaria en cuantía superior a los 120.000 euros”.
Por todo ello, el magistrado admite a trámite la denuncia y designa a dos peritos destinados en la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria para determinar, en primer lugar, si los denunciados han regularizado adecuadamente su situación fiscal, algo que, al no hacerlo la Administración, se debe hacer “en el proceso penal, con las garantías y derechos que en el mismo se reconocen, y que deba ser declarada por un Juez o Tribunal”.
Contra el presente auto se podrá interponer recurso de reforma ante el propio juzgado.
2011-06-16 AUTO INCOACION 70_2011
Publicado en: diariojuridico.com