El Supremo condena a una clínica al pago de 60.000 euros por un diagnóstico erróneo en un bebe que nació con malformaciones

Publicado por admin el Thursday 16 June 2011 a las 05:21

Una clínica privada de Castellón y una de sus doctoras, V.P.C., indemnizarán con 60.000 euros a los padres de una niña que nació sin el antebrazo y la mano derecha a pesar de que ninguno de los exámenes realizados a la madre durante el embarazo alertó de la malformación.

La sentencia del Tribunal Supremo condena a la clínica y a la doctora que controló la gestación a pagar 30.000 euros a cada uno de los padres por el error de diagnóstico. La sala recuerda que la negligencia médica privó a los progenitores de decidir si interrumpir el embarazo o continuar adelante. Ahora ambos sufren depresión y cuadros de ansiedad.

Claudia nació en el Hospital General de Castellón en abril de 2002. El día 2 de enero de ese año, cuando se encontraba embarazada de 24 semanas, la madre, primeriza, se sometió a una nueva ecografía en la clínica en la que la doctora manifestó “que todo era normal en las extremidades del mismo, cuando no lo era al momento del nacimiento”, recuerda la sala, por lo que determina que la actuación fue “negligente”.

Los padres denunciaron el caso ante el Juzgado de Primera Instancia de Castellón, que absolvió a los demandados al considerar que la malformación era difícil de detectar. En el mismo sentido se ratificó la Sección Tercera de la Audiencia Provincial. Su fallo atendió la justificación de la doctora, que alegó que “el ecógrafo no es infalible” y “solo un 60% de las malformaciones puede detectarse en condiciones óptimas”.

Sin embargo, los padres decidieron continuar adelante con el proceso ante el Tribunal Supremo, que admitió el caso y ahora les ha dado la razón al sostener que el informe de la ginecóloga a las 24 semanas de gestación ratificaba que “en las extremidades superiores se observan ambas manos que parecen normales”, cuando no era así.

“La paciente no fue informada de manera concreta de las eventuales dificultades que en el caso concreto podrían presentar la visualización y detección de malformaciones fetales como consecuencia de un error de diagnóstico sobre la ausencia de malformaciones y la presencia de normalidad en las extremidades”, señala la sentencia.

NEGLIGENCIA // Es más, la sala acusa a la clínica de “haber privado negligentemente a la madre de la posibilidad de decidir acerca de su situación personal y familiar”. Este hecho motivó que ahora ambos progenitores presenten cuadros depresivos y trastornos de ansiedad. Además, los peritos que les han examinado advierten “pensamientos catastróficos” “ideas de culpabilidad” y, en el caso del padre, temor a tener más hijos por si se repite el caso.

A pesar de que los padres solicitaban una indemnización de 181.000 euros, el Tribunal Suprema fija la suma en 30.000 euros para cada uno de los cónyuges, que pagarán de forma solidaria el instituto ginecológico privado de Castellón y la ginecóloga que atendió el embarazo de la gestante entre 2001 y 2002.

SENTENCIA-RESPONSABILIDAD MÉDICA-CASTELLÓN

Publicado en: diariojuridico.com


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