El grupo de expertos que asesora a la Comisión se decanta por un reglamento opcional que abarque todo el ciclo vital del contrato

Publicado por admin el Thursday 14 July 2011 a las 07:00

Jornada final del Seminario que el Consejo General del Notariado ha celebrado en el Escorial bajo el titulo “Derecho Contractual Europeo: La libertad de pactos y su delimitación” y que fue clausurado por la decana del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Palmira Delgado, quien hizo entrega de los diplomas a los participantes.

En este seminario , en el que se analiza La Libertad de Pactos y su delimitación tuvo como ponentes a los catedráticos de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid, Fernando Pantaleón, y de la Universidad Pompeu Fabra de Barcelona, Fernando Gómez Pomar.

En su conferencia, Gómez Pomar, miembro del grupo de expertos que asesora a la Comisión Europea en la elaboración del reglamento que deberá unificar el Derecho Contractual entre los 27 socios de la Unión, dejó constancia de los principios rectores que están presidiendo las negociaciones reglamentarias. El diseño del texto -aseguró Gómez Pomar-, configura esta armonización contractual como un instrumento opcional para las partes, que cubre todo el ciclo completo de la vida del contrato y que se articula de forma autónoma.

La propuesta de la Comisión se presentará en octubre, según avanzó ayer, en la sesión inaugural del curso el director de la Representación en España de la Comisión Europea, Francisco Fonseca.

El Marco Común de Referencia académico en Derecho Contractual de la UE fue objeto de análisis crítico por parte de Fernando Pantaleón. El catedrático de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Madrid hizo un repaso de los diferentes planteamientos doctrinales sobre los deberes precontractuales. De un lado, la premisa de partida que defienden los países de Derecho Civil Codificado -entre ellos España y las naciones latinas y continentales- cuyos ordenamientos nacionales establecen un conjunto de Ddeberes contractuales de lealtad y de información a las partes así como la concreción de cláusulas de buena fe objetiva y un elenco de infracciones que generan indemnizaciones por daños y perjuicios típicamente patrimoniales.

Frente a la regulación jurídica de los países del Common Law (anglosajones). A juicio de Pantaleón, el futuro reglamento opcional en Derecho contractual europeo “debería mirar con más simpatía” este último planteamiento que se desmarca de cualquier modelo de cooperación entre las partes en la fase precontractual, en la que cada una de ellas -precisó- “tiene derecho a perseguir su propio interés”. A este respecto, Pantaleón defendió la mayor autonomía de la voluntad de las relaciones contractuales procedentes de los países anglosajones, amparadas en las reglas de la buena fe negocial.

Del mismo modo, el catedrático de la Autónoma de Madrid precisó que los trabajos prelegislativos actuales tampoco distinguen claramente su posición entre la división, dentro de los países con Código Civil, que existe entre ordenamientos latinos y continentales, como el Derecho alemán. Pantaleón, experto en Derecho Comparado europeo, expresó cómo los países de Derecho Civil latino (España y Francia, entre otros) optan por considerar que la responsabilidad por ruptura de los tratos previos es extracontractual, mientras que el alemán opta por el régimen de Responsabilidad Civil Contractual (RCC), al establecer deberes a personas o propiedades que, en numerosas ocasiones, provocan s situaciones de “gastos excesivos y plazos exagerados” para alguna de las partes

En la jornada final se abordo, La escritura pública como instrumento para fomentar la contratación transfronteriza europea

Para el notario Enrique Brancós, consejero de la Unión Internacional del Notariado (UINL) y delegado para Asuntos Comunitarios del Consejo de los Notariados de la Unión Europea (CNUE) “se podría convertir la escritura pública en un título ejecutivo para toda clase de obligaciones, dinerarias y no dinerarias, y ejecutable en cualquier país en base al principio de equiparación que contempla la reforma en curso del Reglamento Bruselas I”. A juicio de Brancós, “bastaría que se certificara como tal en el Estado de origen para que se pudiera ejecutar en el de destino”. “La contribución de tal instrumento a la unidad de mercado y el ahorro de costes de transacción podría ser enorme”, según este experto en asuntos europeos.

De igual opinión fue el notario Pedro Carrión, también consejero de la UINL y delegado de CNUE, para quien “la escritura pública puede servir para fomentar la formalización de contratos transfronterizos, ya que el notario asesora sobre la determinación del Derecho a aplicar y la escritura tiene carácter ejecutivo.”. Carrión respaldó estas palabras en datos aportados recientemente por la vicepresidenta de la Comisión, Viviane Reding, quien aseguró que el 75 por ciento de las empresas europeas no venden sus productos, entre otras razones, por el desconocimiento del Derecho europeo, lo que supone un obstáculo a la actividad económica.

El asimismo notario, consejero de la UINL y delegado de CNUE, Isidoro Calvo defendió el “perfecto vínculo” que existe entre el Derecho contractual, la autonomía de la voluntad y la escritura pública notarial, por lo que –dijo- “parece lógico que un Derecho novedoso, como el Contractual Europeo “utilice instrumentos históricamente válidos para garantizar la autonomía de la voluntad y la seguridad jurídica como la escritura pública (el acta auténtica según la terminología europea) que se usa en 21 de los 27 Estados de la Unión”.

Estos tres notarios participaron en la mesa de debate sobre El Acta auténtica y el Derecho Contractual de la UE que se celebró ayer tarde. El seminario sobre “Derecho Contractual Europeo: La libertad de pactos y su delimitación, organizado por el Consejo General del Notariado los días 11 y 12 de julio, en el marco de los cursos de verano de El Escorial, fue clausurado por la decana del Colegio Notarial de Castilla-La Mancha, Palmira Delgado, quien hizo entrega de los diplomas a los participantes.

Publicado en: diariojuridico.com


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