La nueva Ley de Dinero Electrónico aumenta la seguridad de las transacciones de un sector que mueve 800 millones de euros

Publicado por admin el Thursday 28 July 2011 a las 05:54

Las tarjetas y vales de comida se definen como un medio de pago que tiene que ser emitido por una Entidad de Dinero Electrónico, según lo que establece la nueva Ley de Dinero Electrónico que aprobó el pleno del Congreso. De esta manera, las compañías que los emiten y comercializan se deberán constituir como entidades financieras, por lo que se someterán a un mayor control administrativo y de supervisión del Banco de España y del Servicio de Prevención del Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo (SEPBLAC).

El Proyecto de Ley de dinero electrónico incorpora al ordenamiento jurídico español los aspectos sustanciales de la Directiva comunitaria de 16 de septiembre de 2009 sobre el acceso a la actividad de las entidades de dinero electrónico y su ejercicio, así como sobre la supervisión prudencial de dichas entidades.

Se entiende por dinero electrónico todo valor monetario almacenado por medios electrónicos o magnéticos, que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones de pago y que sea aceptado por una persona física o jurídica distinta del emisor de dinero electrónico.

El sector de las tarjetas y vales de comida genera en nuestro país un volumen de negocio de 800 millones de euros. Más de 400.000 usuarios utilizan a diario estos productos que sirven como medio de pago en los establecimientos de restauración y como vehículo para gestionar los beneficios sociales que las compañías privadas e instituciones públicas otorgan a sus empleados., Estos productos cuentan con ventajas impositivas tanto para quien lo contrata como para sus usuarios finales.

La nueva reglamentación dota de mayor seguridad al mercado y contribuye a regular un sector que hasta el momento se encontraba en un limbo jurídico. No tenía sentido”, según comentan a DIARIOJURIDICO varias empresas del sector, que un medio de pago que emplean a nivel mundial más de 50 millones de personas en más de 2 millones de establecimientos, esté al margen de la ley”.

Estas fuentes también consideran además, que es muy positivo tanto para los usuarios como para los restauradores tener la seguridad de que los instrumentos de pago que utilizan están controlados por una entidad regulada y supervisada por la Administración. “Cuando un restaurador acepta estos medios de pago, en la mayoría de los casos no conoce a la persona que los emplea”,, por lo que la mayor garantía que puede obtener para asegurarse de que ese medio de pago es válido es saber que la entidad que los emite es solvente y que su actividad está regulada por ley”.

La nueva legislación extiende su contenido y ámbito de aplicación a otros instrumentos de pago, como aquellos que se emplean para la adquisición de títulos de transporte (no así los “abonos de transporte” que están excluidos expresamente por ley). En ese caso las entidades que emitan tarjetas o vales en papel para la compra de esos títulos de transporte, también están obligadas a constituirse como entidades de dinero electrónico

Publicado en: diariojuridico.com


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