El Supremo reafirma la sentencia de la Audiencia y absuelve a Otegui por el mitin de Anoeta
El Tribunal Supremo confirmó el pasado viernes la sentencia dictada por la Audiencia Nacional que absolvía a los dirigentes de Batasuna Arnaldo Otegi , Joseba Permach y Joseba Alvarez del delito de enaltecimiento del terrorismo por su participación en el mitin celebrado en Anoeta el 14 de noviembre de 2004.
Apenas unas horas después de celebrar la vista en la que la Fiscalía volvió a pedir 18 meses de prisión para cada uno de los líderes abertzales, los cinco magistrados que componían el tribunal acordaron por mayoría confirmar la absolución acordada el 9 de diciembre de 2010 por la Audiencia Nacional.
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo coincide con la Audiencia Nacional en que ninguno de los acusados conocía que durante el acto se iba a mostrar imágenes de los presos de ETA y se iban a repartir varios ejemplares del boletín interno de ETA ‘Zutabe’, «no siendo su finalidad homenajear a ETA y siendo su único objetivo presentar una propuesta de paz».
Indica que «en modo alguno podemos corregir aquí el criterio seguido por la Audiencia que no resulta irracional o ilógico, ni apoyado en un material probatorio insuficiente o ineficaz pues, en definitiva, la acusación, que es a quien obviamente correspondía la acreditación de los extremos que pudieran afirmar la responsabilidad penal de los acusados respecto de las acciones de ensalzamiento de la banda terrorista o de sus miembros que pasaba, por su participación activa en la programación de éstas o por la ejecución de actos de carácter positivo en el curso de la concentración, no ha aportado las pruebas necesarias para ello», señala la nueva sentencia.
Considera además «algo forzado» el recurso presentado por el Ministerio Fiscal. Recuerda, asimismo, que Permach y Alvarez participaron en el acto como meros asistentes, mientras que Otegi tomó parte como orador refiriéndose en su discurso a «la conveniencia y la necesidad de un proceso de diálogo y negociación para la resolución del conflicto de manera pacífica y democrática, todo ello con ausencia de acciones y palabras de enaltecimiento o justificación del terrorismo de ETA o alabanza de sus miembros».
La sentencia cuenta con un voto particular, el del magistrado Manuel Marchena. Cree que el recurso tendría que haber sido parcialmente estimado para anular la sentencia anterior y condenar a Otegi de un delito del terrorismo, mientras que Permach y Alvarez quedarían exculpados. A su juicio. Otegi «no puede ser considerado un tercero ajeno a los acontecimientos» que tuvieron lugar en el mitin.
Sentencia Absuelve Otegi Votos
Publicado en: diariojuridico.com

