El TAB, como entidad administradora de arbitrajes, entrevistará al árbitro para saber su idoneidad
El Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB) se convertirá en la primera institución española que introduce una entrevista personal con el candidato en su proceso de nombramiento de los árbitros que actuarán en un proceso. La medida resulta de la implementación de la reciente reforma de la Ley de Arbitraje que encomienda a las instituciones arbitrales velar por la independencia del árbitro.
Esta novedad en el funcionamiento interno del TAB impone ahora al Ponente de cada arbitraje reunirse con el candidato antes de ser confirmado como árbitro elegido para el proceso. En dicha reunión se van a discutir detalles de su perfil curricular y análisis de las posibles conexiones con los intereses que se debaten o con las partes.
Según opinión del Presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona, Jesús de Alfonso, “la gran novedad de la reforma es que la nueva Ley de Arbitraje hace depositarias a las instituciones arbitrales de una parte importante de la eficiencia del sistema. Desde luego debemos dar la bienvenida a esta modificación—añade Jesús de Alfonso— dado que refuerza la confianza en el arbitraje, lo convierte en un sistema eficiente y lo dota de aún más garantías”.
La reforma de la Ley de Arbitraje ha supuesto según el TAB “un fuerte respaldo del arbitraje que ve aumentadas sus posibilidades como método eficaz y seguro para la resolución de los conflictos. La nueva Ley de Arbitraje refuerza aún más esta forma de justicia independiente y alternativa, ante la administración institucional de la Justicia, cuyos procesos son mucho más largos e incluyen más formalismos”.
El Presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona recuerda, además, que“el arbitrase busca incrementar la eficiencia y la rapidez, sobre todo un tipo de conflictos —como los mercantiles o los que se proceden en el seno de las sociedades de capital— que asumen mal los procesos largos.
La nueva Ley de Arbitraje
La reciente aprobación de la reforma de la Ley de Arbitraje —Ley 11/2011, de 20 de mayo, de reforma de la Ley 60/2003 de Arbitraje— aporta a la legislación española un “salto cualitativo” que, de acuerdo con el presidente del Tribunal Arbitral de Barcelona, TAB, Jesús de Alfonso, es especialmente remarcable en temas como la definición del arbitraje estatutario, la apertura de la administración de arbitrajes a más profesionales jurídicos (además del colectivo de abogados), o la inclusión del arbitraje en la Administración como modo de solución de conflictos. Desde el TAB, además, se valora muy positivamente que “el legislador haya escuchado, considerado y acordado de conformidad con las enmiendas que el TAB hizo llegar a los ponentes responsables de la Ley de Arbitraje y los miembros de la Comisión de Justicia” para su mejora, desde la experiencia de 22 años.
Más sobre el TAB
El febrero de 1989, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Barcelona, el Ilustre Colegio de Notarios de Barcelona, el Consejo de la Abogacía Catalana y el Colegio de Abogados de Barcelona impulsaron la fundación de la Asociación Catalana para el Arbitraje, de la que depende el Tribunal Arbitral de Barcelona (TAB). En 2009 se incorporó como miembro de pleno derecho el Decanato Autonómico de Registradores de Cataluña.
El TAB es un centro de administración de arbitrajes, sin ningún tipo de límite geográfico. Cuando dos partes en conflicto han incorporado una cláusula en el contrato o hacen un acuerdo de someter al arbitraje, el TAB se encarga de administrar el arbitraje y de nombrar los árbitros que deberán resolver la controversia. El arbitraje es un mecanismo de resolución de controversias alternativo de la justicia ordinaria. Sus ventajas (flexibilidad procesal, especialización, rapidez, economía) han favorecido que una parte muy significativa de litigantes lo prefieran: unas veces por desconfianza hacia la estructura del procedimiento judicial, otras por el interés hace que el árbitro sea una persona experimentada en las complejas relaciones empresariales de hoy en día y otros, por preferir la rapidez de una sola instancia a las garantías de los largos recursos judiciales.
El Tribunal Arbitral de Barcelona está formado por siete miembros que velan por la administración del arbitraje su neutralidad y la corrección del proceso arbitral. www.tab.es
Publicado en: diariojuridico.com

