Sanidad adelanta en Santander que se opondrá a la Directiva Europea de Consumo porque resta derechos a los ciudadanos

Publicado por admin el Friday 29 July 2011 a las 05:12

“España se opondrá a la Directiva europea de los consumidores porque restará garantías y derechos a los ciudadanos de nuestro país”, aseguró la directora general de Consumo del Ministerio de Sanidad, Etelvina Andreu, en la inauguración del seminario sobre esta materia organizado por el Consejo General del Notariado en el marco de los Cursos de Verano de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de Santander. Andreu adelantó que esta Directiva, que fue respaldada el pasado 23 de junio por el Parlamento Europeo, “previsiblemente será aprobada por el Consejo Europeo el próximo mes de septiembre, con los únicos votos en contra de España y Austria. Con su aprobación- aseguró- los españoles perderemos derechos ya adquiridos”.

La nueva Directiva, que tiene por objeto armonizar los derechos y deberes de los consumidores de los veintisiete Estados de la Unión Europea, “será de máximo”, explicó Andreu. Esto significa que “obligará a los veintisiete países a fijar los derechos de los consumidores en función de una media comunitaria y no permitirá a ninguno imponer mayor protección. La medida europea quedará por debajo del nivel de protección del establecido por las leyes españolas”.

A modo de ejemplo de esta pérdida de derechos citó la regulación que el texto de la nueva Directiva establecerá para la devolución de una compra: “Se ampliará de 7 a 14 días el plazo para ejecutar esta garantía, pero tendremos que pagar los gastos de devolución del objeto y una cantidad por los días en que la mercancía haya estado en nuestro poder”. También anticipó una merma de los requisitos de información precontractual “que puede generar problemas a la hora de aplicar los derechos de desistimiento”.

Para la directora general de Consumo, “en épocas de crisis como la actual no se debería permitir que los operadores se aprovechen de la coyuntura para generar mayores desequilibrios entre oferentes y consumidores.” Por el contrario, “reforzar los derechos de los consumidores no va en contra de las empresas” ya que, si cunde la desconfianza, “aumentarán sus reticencias a seguir comprando por internet o por catálogo”.

Ámbito de actuación de la Directiva

Andreu explicó que la Comisión Europea ha optado por reducir drásticamente el ámbito de actuación de esta Directiva, en relación proyecto inicial que comenzó a debatirse en 2008, “en beneficio de una salida consensuada para tratar de fomentar el comercio transfronterizo, que es muy escaso”.

El texto inicial, presentado durante la presidencia francesa de la UE, pretendía regular todo el comercio transfronterizo. Finalmente, la Directiva aprobada por el Parlamento Europeo sólo regulará los derechos y deberes del comercio por internet y catálogo, dejando fuera muchos sectores como viajes, servicios financieros y loterías, entre otros. Para Andreu “las razones que esgrime el Ejecutivo comunitario para impulsar esta Directiva no concuerdan con los datos facilitados por Eurostat”, la oficina de estadística de la Unión Europea. Según este organismo, los tres inconvenientes esenciales que frenan a los consumidores a realizar compras transfronterizas son, por este orden, el desconocimiento del idioma; los excesivos gastos y plazos de envío de los objetos adquiridos, y su preferencia por ir de comprar a los establecimientos. En décimo lugar se sitúa su preocupación por la existencia de regulaciones diferentes sobre la materia en los veintisiete estados miembros.

Control de legalidad notarial

En el acto inagural el vicepresidente del Consejo General del Notariado, Carlos Fernández de Simón, señaló que este curso se enmarca en los actos conmemorativos del 150 Aniversario de la Ley del Notariado, “lo que demuestra la capacidad de los notarios para adaptarse a los cambios de la sociedad y a los nuevos esquemas contractuales” que demandan los tiempos. Fernández de Simón matizó que los notarios “hemos visto cómo se quedan atrás los viejos moldes de contratación privada y la aparición de nuevas categorías de relaciones y técnicas contractuales, como el tráfico en masa, en el que los oferentes precondicionan los términos de las operaciones y pueden llegar a generar escenarios de vulnerabilidad reales” para los consumidores”. De ahí –defendió- “la importancia de que se añadan salvaguardas al Derecho de los Consumidores, un terreno en el que el asesoramiento imparcial del notario resulta cosustancial para proteger a la parte más vulnerable del contrato”, en referencia al consumidor.

Fernández de Simón puso como ejemplo el control de legalidad que los notarios realizan “desde las fases previas, hasta la redacción de la escritura pública y el posterior otorgamiento de la misma”. En materia de préstamos hipotecarios, por ejemplo, “velando porque no se entremezclen cláusulas financieras y no financieras, o que no se incluyan cláusulas abusivas”, señaló.

El vicepresidente del Notariado recordó que “los notarios sólo pueden eliminar de las escrituras estás cláusulas si están inscritas en el Registro General de Condiciones Generales de Contratación”, y lamentó “que todavía el colectivo notarial no pueda acceder a él por vía electrónica, como establece la ley, lo que elevaría los controles de legalidad”.

El acto contó también con la participación de José Marqueño, expresidente de la institución y máximo responsable de los actos conmemorativos del 150 Aniversario de la Ley del Notariado. Marqueño resaltó la trascendencia de esta Directiva, “asunto que requeriría la búsqueda de un punto de equilibrio entre las tres partes implicadas en esta materia: los consumidores, que deben adoptar medidas necesarias de cautela antes de formalizar sus compras o contratos; los operadores económicos, que no pueden entender el mercado interior como si fuera la selva; y los poderes públicos, que están obligados a tomar medidas represivas y sancionadoras”.

El catedrático de Derecho Civil, Lorenzo Prats, codirector junto a José Marqueño del seminario, aseguró que una de las consecuencias del escaso intercambio comercial transfronterizo en la Unión es que “muy pocas empresas se atreven a asumir el coste de tantos derechos divergentes entre los socios europeos en materia de Consumo”. Prats enfatizó que, “en aras de un mercado interior único real y eficiente en Europa, sería deseable que coexistiera la libertad comercial con la certeza de garantías máximas hacia los consumidores y usuarios”.

Publicado en: diariojuridico.com


« Páginas AnterioresSiguientes Páginas »



C/ Senda del Infante, 16. Urbanización Montevalle. 28035 - MADRID
Tel.: 915 158 724 / 725 Fax: 915 158 557
E-mail: info@delavega-moya.com

Website diseñado por Jose Antonio Ibañez para De La Vega-Moya® - 2009