Hoy entra en vigor el Decreto que encadena contratos temporales sin límite
Publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-Ley con el que el Gobierno aprueba diferentes medidas laborales aprobadas en el último Consejo de Ministros para luchar contra el paro, hoy entra en vigor esta nueva normativa tan polémica que ha generado importantes críticas duras de sindicatos, empresarios y asociaciones de autónomos.
Como se recordará, el decreto suspende durante dos años la regla que obligaba a los empresarios a hacer fijos a los trabajadores que encadenasen, durante 24 meses, dos o más contratos temporales. El gobierno defiende esta medida con el argumento de que “es preferible un contratado temporal que un desempleado”; los sindicatos denuncian que esta medida hará más precario el empleo.
Nuevo contrato para la formación
Pasa a llamarse “contrato para la formación y el aprendizaje” y sufre varios cambios.
-A partir de ahora, se podrá firmar con mayores de 16 y menores de 25 años (antes, el límite de edad estaba en los 21). Además, con carácter excepcional y durante 2 años, se podrá firmar con menores de 30 años.
- Su duración mínima se incrementa: antes era de 6 meses, y ahora será de un año.
- Su duración máxima será, en condiciones generales, de dos años, aunque podrá ser de tres cuando se celebre con trabajadores sin graduado en E.S.O. Además, la formación que se dé a estos trabajadores deberá servirles para obtener ese título.
- El tiempo de trabajo efectivo no podrá superar el 75%, y el resto habrá de ser formación. Antes, el tiempo de trabajo efectivo podía llegar al 85%.
- La retribución mínima podrá ser igual a la proporción del Salario Mínimo Interprofesional que se corresponda con el tiempo de trabajo efectivo. Es decir, si el tiempo de trabajo efectivo es del 75%, el salario mínimo que se puede percibir es de 481,05 euros al mes (el 75% del Salario Mínimo Interprofesional).
Ayudas para empresarios
- Los empresarios que hagan contratos para la formación a parados mayores de 20 años tendrán derecho, durante toda la vigencia del contrato, a una reducción en las cuotas a la Seguridad Social del 100% (75% si la empresa tiene una plantilla de más de 250 trabajadores). Además, si transforman estos contratos en indefinidos, tendrán derecho a una reducción en las cuotas durante 3 años de 1.500 euros al año (1.800 si las transformaciones son a mujeres). Ambas reducciones se aplicarán sólo si la empresa aumenta la plantilla como resultado de estas contrataciones.
- Se prorroga hasta finales de 2012 la posibilidad que tienen los empresarios de convertir contratos temporales en contratos de fomento para la contratación indefinida (FCI), que es un contrato fijo pero con una indemnización por despido más barata.
- Se prorroga hasta finales de 2013 la posibilidad de que hasta 8 días de los costes del despido por trabajador fijo corran a cargo del Fondo de Garantía Salarial, en vez de que los paguen los empresarios. Eso sí, para los contratos realizados a partir de 2012 se pagará sólo en caso de que los despidos no sean improcedentes.
Fondo de capitalización
Se retrasa hasta 2013 el debate sobre la conveniencia de aprobar un fondo de capitalización para los trabajadores, mantenido a lo largo de toda su vida laboral, y que puede ser utilizado en caso de despido, movilidad geogáfica, formación o para aumentar la jubilación. Este fondo, también conocido como “fondo austriaco”, iba a ser puesto en marcha a principios de 2012, pero después de que un grupo de expertos dictaminase que no había recursos suficientes para su funcionamiento el gobierno se ha decidido a posponer su elaboración.
Ayuda de 400 euros
Se prorroga 6 meses más el programa PREPARA, que incluye ayudas de 400 euros al mes para los parados que no tengan prestación o subsidio.
Publicado en: diariojuridico.com