El juez Moreno de la AN rechaza la querella contra las agencias de calificación

Publicado por Redaccion el Monday 5 September 2011 a las 04:24

 

La Audiencia Nacional no ha admitido a trámite la querella presentada el pasado mes de febrero por el Observatorio para el Cumplimiento de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Izquierda Unidala asociación ATTAC contra las agencias de calificación de riesgos Standard & Poors, Moody’s y Fitch.

El documento conocido este viernes, pero con fecha de 30 de agosto, indica que contra la decisión de la Audiencia Nacional cabe interponer un recurso en un plazo de tres a cinco días.

El auto, firmado por el juez Ismael Moreno, explica que los informes que estas tres agencias han publicado sobre España no constituyen un delitoni se puede inferir de ellos el uso de información privilegiada. El juez hace caso así de la Fiscalía Anticorrupción, que hace mes y medio había solicitado el archivo de la querella contra las tres agencias de rating por su actuación en la actual crisis económica.

Los querellantes acusaban a Moody’s, Fitch y Standard and Poor’s de actuar como un “oligopolio” —cuentan con un 90% del mercado—, lo que les permite regular y controlar los mercados financieros con sus informes de calificación, manejando “arbitrariamente” los precios.

Calificaciones de la deuda española

Respecto a la supuesta influencia negativa de las rebajas de calificación sobre la deuda soberana española, el juez concluye que para que fueran”infundadas o arbitrarias, con trascendencia penal, deberían estar sustentadas en datos falsos”.

El juez reproduce los argumentos de Anticorrupción que consideraron que “no puede afirmarse que, en sí misma, la simple calificación de la deuda española en torno a AA o AA+, que define como una deuda con una seguridad muy alta, se basaran en datos falsos”.

Además, el auto concluye que las calificaciones se basan en “la información generalizada de las más reputadas organizaciones económicas mundiales” y que todas ellas solo son “meras opiniones basadas en predicciones” que tienen una “credibilidad limitada”.

Así, el juez concluye que no se ha podido determinar que las agencias de calificación hayan divulgado noticias o datos económicos falsos con el fin alterar los precios y que con ello hayan obtenido un beneficio superior a los 300.000 euros, indicios esenciales para que exista un delito de alteración del precio de las cosas.

Tampoco considera que exista un presunto delito de información privilegiada porque no se concreta quién es el presunto beneficiario de una operación de compra-venta de acciones bajo la influencia de la difusión de dicha información y cuyo beneficio, en todo caso, tendría que superar los 600.000 euros.

Los querellantes estimaban que las agencias han obtenido por estas prácticas unos beneficios anuales de 3.000 millones de euros, con márgenes de hasta un 50%. El 75% de sus ingresos provienen de las comisiones que cobran a los emisores por calificar sus títulos.

Por otro lado, los abogados impulsores de la primera querella española contra las tres principales agencias de calificación de riesgos Standard & Poor’s, Moody’s y Fitch recurrirán la próxima semana la decisión de la Audiencia Nacional de no admitirla a trámite.

Los abogados Gonzalo Boye, Jaume Asens y Enrique Santiago, que representan al Observatorio para el Cumplimiento de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Izquierda Unida (IU) y a la Asociación por la Tasación de las Transacciones Financieras y por la Ayuda a los Ciudadanos (ATTAC), pueden interponer el recurso en un plazo de tres a cinco días.

 

Publicado en: diariojuridico.com


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