Londres polariza la mayor parte de los arbitrajes marítimos internacionales
Clase Magistral en el Foro FIDE de Arbitraje y Litigación Internacional, sobre arbitraje marítimo. Y como ponentes dos profesionales que han vinculado su trayectoria profesional a esta práctica procesal. Por un lado José Luis Goñi, Socio fundador de Goñi & Co. Abogados, especialista en derecho marítimo, profundo conocedor de la práctica anglosajona con más demedio siglo de experiencia a sus espaldas. A su lado Carlos Esplugues, Catedrático de Derecho Internacional Privado por la Universitat de Valencia y Autor del Tratado “Arbitraje Marítimo Internacional”, uno de los manuales para entender el desarrollo y evolución de esta actividad profesional.
En la intervención de José Luis Goñi se expuso de forma detallada cómo funciona el arbitraje marítimo que tiene a Londres como sede principal. “Existe la London Maritime Arbitrators Association, (LMAA. Asociación de Árbitros Marítimos de Londres) como canalizadora de esta práctica, un panel formado por 35 árbitros que gestionan estos casos, junto con la London Court of Arbitration.” Los árbitros tienen dedicación exclusiva y son profesionales procedentes del sector marítimo; tanto juristas como procedentes de la marina mercante. Otro de los rasgos que lo diferencian de otros arbitrajes es que el arbitraje inglés puede someterse en cualquier momento al control del juez ordinario, siendo también apelables los laudos arbitrales, salvo pacto en contra.
Una de los grandes rasgos del arbitraje marítimo inglés es que en él se promueve constantemente el acuerdo entre las partes, tanto en lo procesal como en cuanto al fondo”. Los datos que se manejan corroboran esa cultura del acuerdo muy anglosajona. “En un año se inician 3500 arbitrajes pero solo 450 acaban en laudo”, señala Goñi que añade que para toda la justicia inglesa existen únicamente 50 juzgados de primera instancia comercial, porque son los abogados los que trabajan el procedimiento entre ellos y solo en contadas ocasiones el procedimiento llega hasta sentencia. “El procedimiento anglosajón está basado en la sinceridad y honestidad; las partes deben poner sobre la mesa todas las pruebas que tengan sin hacer ocultación de ninguna. Los “barristers” y “solicitors”, abogados anglosajones, están obligados a ello”. La exigencia del adecuado comportamiento procesal de los abogados es fundamental y siempre está presente la amenaza de la condena en costas, que son muy altas. “Los plazos son rígidos, pero se amplían siempre que sea razonable,” precisa Goñi.
Por su parte Carlos Esplugues, estudioso del arbitraje marítimo, recalcó que el 80% de los casos de arbitraje marítimo van a Londres y Nueva York, y de ese total casi el 80% acaba siendo juzgado en Londres. Sobre las estadísticas comentó que en el 2009 hubo 445 procesos y 647 laudos desde la LMA frente a los 847 procesos y 215 laudos de la CCI, Corte Internacional de Paris. “Es evidente que el arbitraje vive su primavera particular; han aparecido nuevas normas en Escocia, Irlanda, Francia y entidades como la Corte de Estocolmo o la propia CCI han modificado su reglamento. Hasta ahora al arbitraje marítimo siempre se le ha relacionado con el negocio del buque y su transporte”.
Tanto Esplugues como Goñi, comentaron a los asistentes, casi todos juristas vinculados al mundo del arbitraje, como la mediación está empezando a desarrollarse en esta actividad de forma paralela al arbitraje “Acudir a la justicia o al arbitraje supone pagar unos honorarios muy elevados. Por esto mismo la mediación crece en muchos supuestos; de hecho se da la circunstancia que normalmente los abogados de las partes trabajan de forma conjunta para tratar de evitar los pleitos y buscar una solución consensuada”. Al final, según se trasluce de esta afirmación lo que se pretende es que se mantenga la buena relación comercial entre las partes. “Este sistema arbitral está siempre en profunda revisión; de ahí que tenga mucha aceptación pese a sus costes porque su fiabilidad es notable”, subraya Esplugues
El Foro de Arbitraje y Litigación Internacional es una actividad de Fundación Fide que cuenta en la dirección académica con la presencia de Ignacio Díez-Picazo, Catedrático de Derecho Procesal de la Universidad Complutense de Madrid, Abogado. Socio de Herbert Smith. Carlos Espósito, Catedrático de Derecho Internacional Público en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid y Francisco José Garcímartin, Catedrático de Derecho Internacional Privado de la Universidad Autónoma de Madrid y Consultor de Linklaters. A lo largo de las sesiones, que se organizan de forma periódica, se tratan cuestiones claves relacionadas con el arbitraje y la litigación internacional.
Publicado en: diariojuridico.com