La necesidad de una Ley de Huelga que permita que los trabajadores le digan a los sindicatos si están de acuerdo o no, con sus líneas de trabajo
Por Fernando Vizcaíno de Sas. Socio Director Departamento Laboral Jiménez de Parga Abogados
Tengo dicho que la Reforma Laboral es la superación de las leyes laborales del Franquismo y la pérdida de las tutelas que el espíritu tuitivo de aquellas imponía a nuestras relaciones laborales. Ya no existen controles del Estado y el papel de los Sindicatos en la negociación colectiva se intenta limitar.
Voces indican que falta quitarles cualquier tipo de subvención pública a las asociaciones de empresarios y trabajadores, pero lo cierto es que es más que comprensible el enfado de la poderosa máquina sindical de antaño por el nuevo viento que sopla desde el Ministerio Bañez. Esa chica de San Juan del Puerto que con 45 años, ha derrumbado un ordenamiento de larga tradición en España.
Y la reacción, en vez de colaborar con el Gobierno intentando mejorar la legislación, favorecer la contratación, buscar mejores vías para la contratación, implementar algún mecanismo de agilización de las relaciones laborales y favorecer la negociación colectiva, ha sido nuevamente una tediosa, repetitiva e inmovilista postura sindical: convocar Huelga General.
La discusión no es si es legítimo o no convocarla. Si, en estos momentos, a España le viene mal o bien una huelga general. Si la gente la va a secundar o no, dependiendo como siempre de que paren los transportes y los medios de comunicación. Si a Aznar le hicieron no se cuantas y a Felipe González también (el paripé con Zapatero no cuenta). Todo esto es una discusión también cansina y repetitiva.
Lo que hace falta es que esta convocatoria reaviva la discusión sobre la necesidad de una Ley de Huelga. Una norma que derogue el, más que obsoleta y pre-constitucional, Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo. ¡Qué increíblemente sigue siendo la norma por la que se regula la huelga!
El artículo 28.2 de la Constitución Española proclama desde 1978 que: “Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad….” Pero aquí ni se ha promulgado “…la ley que regule el ejercicio…”, ni por supuesto las normas para que la convivencia del derecho de huelga y el derecho a trabajar se pueda dar.
No sería nada original si dijera que es hora ya de que se publique esa ley. Que una ley de huelga es más necesaria que el agua después de este invierno secarrón que hemos tenido. Se ha dicho muchas, muchas veces por voces más autorizadas que yo.
Lo que voy a hacer es pedir a la Ministra Valiente que lo haga. Que afronte el morlaco de una Ley de Huelga de frente, “A puerta gayola”, y sin miedo (eso seguro que Doña Fátima no tiene) al volumen de la empresa que ha de acometer.
Porque es necesaria. Porque es la culminación del espíritu de “Flexiseguridad” que ha querido imponer a su Real Decreto Ley 3/2012. Porque la España de la crisis y los cinco millones largos de parados necesita, de una vez por todas, tener las reglas del juego democráticos claras y completas.
Pero, además, porque el permanente chantaje de los sindicatos se basa en el miedo a “parar el país”, lo que solamente se consigue con los instrumentos de presión que el vacío normativo en la regulación de la huelga, les permite.
Si existiera una clara regulación de los servicios esenciales de la Comunidad y cómo han de cubrirse. Si se regulara en paridad el derecho a trabajar y el derecho a acudir a la huelga. Si la Ley estableciera las consecuencias de quebrantar el derecho a la huelga, pero también romper la convivencia pacifica de aquellos que, no estando de acuerdo con la protesta, quieren y deben poder ir a trabajar. Si se le dijera al empresario qué, hasta donde, cómo, debe comportarse el día de la huelga. No habría abusos y se podría saber si los sindicatos son representativos y movilizan, de verdad, a los trabajadores. Que sería como poder saber si los trabajadores de España están de acuerdo en el rechazo a la Reforma Laboral y la consideran tan perniciosa o perversa como dicen los sindicalistas que es.
Que vaya a la huelga quien quiera, faltaría más. Pero que no nos hagan trampas en el solitario. La guerra de cifras que acompaña a estas cosas es inevitable, pero manipular la asistencia con la fuerza porque no hay una ley que deje claro como va esta historia, es hacer trampa.
Como la Huelga realmente se reguló en España por la sentencia 11/1981 del Tribunal Constitucional, especialmente cuidadosa en garantizar la libertad individual del trabajador como expresión de la presión al empresario en el ejercicio del derecho de huelga; tenemos una visión de la España de la UCD moribunda en puertas de la llegada del Socialismo moderado de Felipe González que poco, o nada, tiene que ver con hoy.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la sentencia por la que ratificó la ilegalidad de la huelga del Metro de Madrid aclara que el servicio de Metro es esencial, “necesario e indispensable para los cotidianos desplazamientos de los ciudadanos”, por lo que hubo un “indiscutible perjuicio a los potenciales viajeros, a quienes se les privó de forma absoluta, no proporcional o aminorada, de poder desplazarse a sus diferentes destinos”.
Esa sentencia tiene dos puntos históricos: clarifica que una huelga puede ser declarada ilegal sin necesidad de que esa declaración sea complemento de la reacción de la empresa despidiendo o sancionando a los huelguistas y deja claro que los servicios mínimos están para cumplirse y para que quien no quiera sumarse a la huelga pueda trabajar. Ya esa presión que significa necesariamente el derecho a la huelga, no es absoluta y debe convivir con el derecho de los ciudadanos a lo contrario, es decir, no sumarse a la huelga.
Que los editoriales de los periódicos; que los telediarios de las televisiones; los twitteros; los blogs y Facebook, publiquen el contenido de esta sentencia para que los españoles, a la espera de la Ley Valiente de Bañez, pierdan el miedo a decir: Yo, a la Huelga General, NO ME APUNTO.
Publicado en: diariojuridico.com