Multa de 1.440 euros para un matrimonio de Burgos por las ausencias de su hija al colegio
El juzgado de lo Penal número 1 de Burgos ha condenado a un matrimonio de la citada localidad a una multa de 1.440 euros por las faltas reiteradas de su hija menor de edad al colegio. Los hechos se emmarcan entre los años 2004 y 2009, cuando la menor comenzó a ausentarse del colegio de manera injustificada. En concreto, en el curso escolar 2004-2005 la niña no asistió al colegio de Burgos en el que estaba matriculada un total de 110 días. Al año siguiente, en el curso 2005-2006 no acudió a clase 111 días de los 175 lectivos del año. La sentencia declara también probado que en el curso 2007-2008 los padres de la menor se desplazaron de Burgos para realizar trabajos de tipo temporal, y la menor se trasladó también con ellos sin que se la matriculara en ningún otro colegio por lo que se ausentó todo el mes de octubre. En noviembre y diciembre del mismo curso las faltas rondaron el 20 por ciento de los días lectivos. Entre los meses de enero y junio las ausencias de la menor superaban los 70 días, cifra más o menos similar a las faltas que acumuló el siguente año, durante el curso 2008-2009.
La Fiscalia de Menores de Burgos presentó entonces querella contra el juzgado de Instrucción número 1 de Burgos por un delito de abandono de menores tipificado en el artículo 226 del Código Penal que establece “El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses”. Después de las acciones para determinar la naturaleza de los hechos, las personas responsables y el órgano competente para el enjuiciamiento se señaló el juicio oral para el 16 de abril de 2012. El juicio sin embargo no se llegó a celebrar porque el Ministerio Fiscal y el abogado defensor del matrimonio llegaron a un acuerdo previo para que la pena finalmente impuesta a cada uno quedara reducida a una multa de 72o euros. Se trata por tanto de una condena de conformidad dictada “in voce” por la magistrada que ya es firme.
Publicado en: diariojuridico.com