Beltrán Gambier, abogado experto en derecho internacional: “ No debe descartarse que Assange logre un salvoconducto condicionado y acabe en la embajada de Ecuador en Suecia”

Publicado por lsanchez el Thursday 30 August 2012 a las 05:52

 

Hace dos años sus revelaciones conmovieron al mundo occidental. Ahora Julian Assange se encuentra refugiado desde hace más de dos meses en la embajada de Ecuador en Londres para evitar ser extraditado a Suecia, donde sería juzgado por delitos sexuales. La polémica en torno a  la situación legal del fundador de Wikileaks  aún sigue ya que el gobierno británico aseguró que no dará salvoconducto al acusado. DIARIOJURIDICO ha pedido a un experto en derecho internacional como es el letrado Beltrán Gambier que nos aclare algunas claves de este conflicto diplomático donde el derecho internacional está en juego. Desde su punto de vista no hay peligro de asalto a la embajada ecuatoriana en Londres, “Ese riesgo ya estaría conjurado. Pero supondría una grave afrenta a la soberanía del Ecuador y a los principios y normas del asilo diplomático”, comenta. En este laberinto que une a Estados Unidos con Suecia, Reino Unido y Ecuador, nuestro entrevistado entreabre otra posible solución a este conflicto,  “al otorgamiento de un  salvoconducto condicionado a que Assange sea conducido a la Embajada de Ecuador en Suecia.”

Beltrán Gambier es un abogado con 30 años de experiencia en el ejercicio profesional  en Madrid y Buenos Aires. Su especialidad principal es el Derecho Administrativo, y en ese campo ha desarrollado una intensa actividad académica y científica. Lleva años asesorando en temas de derecho cultural.

Tiene relevante presencia en el campo de la abogacía internacional habiéndose desempeñado como Presidente del Comité de Derecho Administrativo de la Federación Interamericana de Abogados por más de dos décadas (1989-2011). Por su labor en esa organización,  recibió en Madrid el Diploma de Honor otorgado durante la XL Conferencia (2004) en reconocimiento a su esfuerzo para el logro de los objetivos de esa Federación y por su prestigio profesional en América.

Después de la grave crisis argentina de 2001, trabajó en temas vinculados con la seguridad jurídica de las inversiones españolas en Latinoamérica. Fue uno de los promotores de un encuentro internacional organizado por el Real Instituto Elcano, celebrado en Madrid en 2003, en el que se trató el caso de la crisis Argentina contándose para ello con la participación de funcionarios, políticos, empresarios y expertos juristas argentinos y españoles.

Beltrán Gambier suma a su ejercicio profesional una importante actividad cívica. Junto a Antonio Garrigues y otras personalidades, fue uno de los fundadores del Capítulo español de Transparencia Internacional España. Integra hoy  la Junta Ejecutiva de esa organización y desde allí ha promovido sendos acuerdos con el Colegio de Abogados de Madrid y el Consejo General de la Abogacía Española para fomentar el ejercicio de la abogacía pro bono en causas vinculadas con el derecho a la información de los ciudadanos.

Uniendo su vocación por lo cívico, lo cultural y lo jurídico fue cofundador de la Plataforma de Ayuda al Teatro Albéniz que tiene por objeto lograr que ese teatro sea declarado Bien de Interés Cultural. Como abogado pro bono   promovió un recurso contencioso administrativo que tuvo sentencia favorable del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Es fundador y director de la revista Intramuros, pionera en el género de las biografías las autobiografías y las memorias.

Sr. Gambier ¿considera usted que el caso Assange pone a prueba los fundamentos del derecho internacional actual?

Creo que sí. Y lo saludable es que el derecho internacional viene resistiendo, hasta ahora, muy bien.  La Reunión de Consulta de los cancilleres fue muy positiva y supuso, a mi modo de ver, un claro y contundente respaldo al gobierno de Ecuador en lo referente a su reclamo de apoyo. El canciller de Argentina, Héctor Timerman, fue quien con más vigor expresó que el posible ataque a la soberanía de un país de la OEA era un ataque a todos. Sin embargo, todavía la cuestión no está resuelta. El primer efecto positivo es que, según acaba de trascender, se ha restablecido el dialogo bilateral entre el Reino Unido y Ecuador.

¿Qué supondría una hipotética violación de la embajada de Ecuador en Reino Unido para capturar a Assange?

Ese riesgo ya estaría conjurado. Pero supondría una grave afrenta a la soberanía del Ecuador y a los principios y normas del asilo diplomático.

Realmente cree que EEUU podrá encausar a Assange por sus revelaciones en Wikileaks? ¿No cree que no hay base penal para esas acusaciones?

Esta es la gran cuestión pendiente.  Todavía no hay cargos contra Assange. Este no es un dato menor. Algunos periodistas dicen que lo que él hizo lo hacen cientos de periodistas en todo el mundo, todo el tiempo. Lo que ha complicado el caso aquí es la magnitud de la información, su carácter sensible y la manera de acceder a ella y de darla a conocer.

¿Cómo valora la defensa encabezada por el hoy abogado Garzón de Assange?

La valoro de modo positivo.  Sabe como manejar ciertos tiempos políticos y, lo que es clave, como usar a favor la reacción de los medios. Una vez otorgado el asilo diplomático Garzón habló del concepto de “refugiado” para reclamar el salvaconducto y sonó casi como un sondeo. La pronta respuesta de ACNUR, sin que al parecer haya reclamo formal de ese estatus,  fue negativa y, hasta donde yo sé, él no volvió  a hablar de ello.

Luego dijo que si el Reino Unido no otorga el salvoconducto iría a la Corte Internacional de Justicia de La Haya. Aunque técnicamente es a Ecuador a quien le corresponde hacer esta petición, este mensaje le sirvió también para sensibilizar a la opinión pública. La rapidez o lentitud de ese tribunal, si es requerido, va a quedar en evidencia en este caso. Y Baltasar Garzón ya comenzó por mandar una señal a sus integrantes. Lo veo como una estrategia.

¿Cree Ud. que Garzón se contradice en esta defensa con lo que sostuvo como juez?

No, para nada. Hay quien piensa eso y he leído al menos dos notas en ese sentido. Con todo respeto a sus autores creo que están equivocados. Las notas se referían a la actuación de Garzón en relación al “caso Pinochet” bajo la doctrina de la Justicia Universal. Nada tiene que ver desde el punto de vista conceptual lo que entonces sucedió con lo que ocurre en este caso.

El único punto de contacto es que en ambos estaba presente el instituto de la extradición, pero con grandes diferencias  para fundamentar el pedido en uno y otro proceso. El hecho de que se pidiera la extradición de Pinochet a España como lo hizo en su día Garzón como juez no se conecta con la concesión que sí se decidió para el señor Assange a Suecia por presuntos delitos allí cometidos.  En este caso no estamos ante un supuesto de Justicia Universal.

Le digo más, aún si fueran ciertas estas acusaciones, lo que debe prevalecer en la defensa de un cliente es la estrategia que más favorezca a su defensa. Esa es la ética de la abogacía. Garzón no queda esclavo para su labor profesional de todos y cada uno de los argumentos que esgrimió como juez.

¿Comparte usted la opinión de que la imagen de Assange, adalid de la libertad de expresión, se está deteriorando?

Sí. Esta situación en concreto está deteriorando la imagen de Assange como un icono de este tiempo. Por un lado, están los que, desinteresados de una ulterior extradición a los Estados Unidos, quieren que se presente ya a rendir cuentas a la justicia sueca. Tienen para ello argumentos.

Es lógico.  El mismo  Garzón dijo que su cliente no quiere eludir a la justicia sueca. Por otro lado, al ser una cuestión de alto impacto mediático, muchos observadores se han puesto a reflexionar sobre el caso y advierten de que su proceder, a la hora de obtener la información y difundirla, podría merecer reproche jurídico. Aunque, insisto, no hay cargos contra Julian Assange por este tema.

¿Está utilizando el presidente Correa a Assange para lavar su imagen de perseguidor de la libertad de expresión?

Es evidente que al presidente Correa este incidente le ha favorecido. Pero también  lo compromete todavía más en su controvertido respeto a la libertad de expresión en su país. Muchos descreen de sus nobles propósitos. No me toca juzgarlos. Yo soy un jurista y tomé partido de inmediato por la defensa de unos principios vinculados con la raíz de la convivencia entre los Estados.

En este sentido, remarco que en la redacción final de la resolución aprobada por la OEA el pasado día 24 de agosto, estuvieron Chile y Venezuela, dos países antagónicos desde el punto de vista político. A ellos les tocó   armonizar el texto que se consensuó y que al momento de ser presentado por Ecuador ya había sido objeto de consultas multilaterales.

Estados Unidos se limitó a una observación menor, pero no votó en contra. La oposición de Canadá, por otra parte, se basó en la creencia de que se trataba de una cuestión bilateral, pero no porque no respaldara el concepto de asilo diplomático.

¿Qué le parece el manejo diplomático del Reino Unido en este incidente?

Creo que el envío del “ayuda memoria” fue un error. Tan grave fue que hubo de ser   rectificado con inmediatos gestos políticos y diplomáticos. Aunque, hay que decirlo, con un lenguaje poco explícito y algo confuso. Creo que cuando los británicos dicen que no hubo amenaza están diciendo en el subtexto “nos equivocamos”.

Esta contramarcha se advirtió en la reunión previa del Consejo Permanente de la OEA y estuvo a cargo del observador permanente de ese organismo, el embajador Philip Barton. Más tarde se confirmó ese temperamento con la carta enviada por el Foreign Office a la Embajadora de Ecuador ante el Reino Unido en la noche del día 23 –actitud que vaticiné en Diario Jurídico el día 21 de agosto-.

Y finalmente ocurrió lo mismo en la propia Reunión de Consulta. En los tres casos dando a entender que no se violaría la inmunidad de la sede diplomática ecuatoriana. El presidente Correa va más allá y desea un expresión política todavía más contundente y pide que se retire el “ayuda memoria” o se pidan disculpas. Algo que ya no ocurrirá. Para mi ese documento ya está “informalmente retirado”. Es bastante.

Y, lo que es más importante, ya no cabe duda de que no se pueden invocar normas de derecho interno para cumplir con obligaciones que surgen de tratados de derecho internacional.  Aunque en su intervención en la Reunión de Consulta el representante británico alude al incumplimiento  del Ecuador al artículo 41 de la Convención de Viena, referido a la prohibición de interferir en los procesos legales.


¿Por qué cree usted que se invoca esa norma?

Pareciera que Philip Barton quiere aludir al principio de derecho exceptio non adimpleti contractus. Pero sin llegar a formular este argumento como defensa. Lo hace más bien como una advertencia en este sentido: Reino Unido cumple con la Convención de Viena pero puede incumplir si un país empieza por incumplirla. Y en los hechos lo hace al no otorgar, de momento, el salvoconducto por haberse violado el mencionado artículo 41.

¿Cuál es el mensaje de los países centrales en este  caso?

Yo creo que la clave del mensaje es que los países centrales actores en este conflicto, con independencia del resultado del “caso Assange”, desean poner de manifiesto que no habrá impunidad o al menos tranquilidad, para las personas o instituciones que puedan colocar en situación de riesgo su seguridad nacional.

¿Por último, como cree que se terminará resolviendo este conflicto?

Todo va a depender de la prudencia de las diplomacias de Ecuador y Reino Unido.  Creo que lo razonable sería que el Reino Unido otorgue el salvoconducto. Eso le daría sentido al resultado de la Reunión de Consulta de cancilleres  (Ver foto gentileza OEA). Pero si eso no ocurre ya sea por las argumentaciones que valora ese país o por compromisos con terceros estados, en última instancia podría estimarse un camino no previsto en las normas ni en la tradición diplomática hasta ahora.

Me refiero al otorgamiento de un  salvoconducto condicionado a que Assange sea conducido a la Embajada de Ecuador en Suecia. De seguirse esta línea totalmente novedosa, el Reino Unido cumpliría en un solo acto con dos necesidades: la de respetar el asilo diplomático apoyado ahora por la OEA y la de permitir que Assange enfrente  a la justicia sueca.  Esto, claro está, en tanto resulte viable desde el punto de vista legal y procesal que ello ocurra desde la sede diplomática del Ecuador en ese país.

Usted sigue por su pertenencia a Transparencia Internacional España lo que ocurre en el mundo en materia de secretos oficiales ¿No cree que los Estados abusan de las llamadas materias reservadas en sus actuaciones y que debería ser más trasparentes?

Yo creo que sí. Pero estamos en un proceso de cambio profundo en ese terreno gracias a la revolución de Internet.  Cada vez será menos lo que los Estados puedan dejar fuera de la mirada de los ciudadanos. La transparencia es un antídoto contra la corrupción, contra la arbitrariedad y contra prácticas indeseables que llevan a cabo ciertos gobernantes que no están sujetos a sus exigencias.

¿Le convence la Ley de Trasparencia que ha enviado el Gobierno español al Congreso?

No. Creo que fue un tema mal manejado. El lado positivo es que lograron enviar un proyecto, cosa que el PSOE no logró, pese a las promesas. Pero fue muy desatinado tener una Comisión de Expertos sesionando y tratando las cuestiones propuestas por la Sociedad Civil y, sin esperar a que finalizara su trabajo, enviar el proyecto con muchos defectos. Veremos ahora si el trámite legislativo los corrige. Hasta el Consejo de Estado se opuso al proyecto.

¿Cuál es el principal defecto de ese proyecto?

Tiene muchos. Pero el que más me molesta, desde el punto de vista del Derecho Administrativo, que es mi área, es que no se establezca claramente la obligación de resolver un pedido de información en un plazo determinado.  Y a ello se le suma que se usa de modo incorrecto el instituto del “silencio administrativo” que siempre fue  pensado como un remedio en favor del administrado y no de la Administración.

En el proyecto se ha invertido esta lógica. Me explico mejor: a un ciudadano no le interesa ir a un juicio contencioso administrativo frente al silencio de la Administración requerida. Ese ciudadano tiene derecho a que la Administración se pronuncie porque el ejercicio de la competencia es obligatoria.

 

Publicado en: diariojuridico.com


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