Los Colegios de Abogados de Barcelona ofrecerán un nuevo Servicio de Intermediación Hipotecaria

Publicado por lfarre el Wednesday 5 December 2012 a las 17:20

Los Colegios de Abogados de la provincia de Barcelona atenderán de forma coordinada, a través de Servicios de Orientación Jurídica, a los ciudadanos con problemas de sobreendeudamiento hipotecario y prepararán una propuesta de solución para ser negociada con las entidades bancarias.

Así lo ha anunciado este miércoles el Decano del ICAB y Presidente del Consejo de la Abogacía Catalana, Pedro Yúfera, que ha asistido junto a otras personalidades políticas y representantes de la abogacía a la firma de un convenio de colaboración entre la Diputación de Barcelona y la Generalitat. Dicho convenio pretende coordinar el Servicio de Intermediación Hipotecaria (SIDH) que actuará conjuntamente con el ya existente Servicio de Mediación de la Generalitat (Ofideute).

Los destinatarios del servicio son aquellos propietarios de una única vivienda en propiedad que no pueden hacer frente a las cuotas del préstamo hipotecario y que han intentado negociar previamente con su entidad bancaria.

Según Pedro Yúfera, esta es la primera vez se superan los acuerdos entre Ayuntamientos y Colegios de Abogados y se consigue que una institución de ámbito provincial sea la que derive los casos a los correspondientes Colegios de Abogados, considerándolos como una sola entidad. El Decano del ICAB también ha explicado en declaraciones a DIARIO JURÍDICO que la mediación individual entre afectado y entidad bancaria es muchas veces complicada pero se ha mostrado optimista ante la posibilidad de encontrar una solución entre ambas partes si, a través de este servicio, se pueden llegar a plantear diversos casos parecidos a la vez.

“Es una forma de agruparse, organizarse mejor, encontrar mejores soluciones en conjunto y facilitar acuerdos que puedan ser asumidos por todos”, ha añadido.

Por otro lado, el Presidente de ICAB ha destacado que la abogacía ha trabajado muy activamente para paliar la situación ante la problemática de las ejecuciones hipotecarias. En este sentido, Yúfera considera que “seria más sencillo cambiar la regulación de la ejecución en la Ley de Enjuiciamiento Civil que modificar la Ley Hipotecaria”. También ha recordado que la Ley 38/2011, de reforma de la Ley Concursal, contenía una disposición adicional única que obligaba a elaborar, en el periodo de seis meses, una normativa específica para el sobreendeudamiento del consumidor. El Presidente del CICAC ha lamentado que el mandato no se haya cumplido todavía, por lo que asegura que desde el Colegio de Abogados seguirán insistiendo para que así sea.

Proceso de mediación

Para ser atendidos, los usuarios podrán acceder al SIDH a través de los Servicios Sociales Municipales, las Oficinas Locales de Vivienda o las Oficinas de Consumo de los municipios donde residen. Por su parte, estas instancias derivarán el caso al punto concreto de atención donde las familias serán atendidas por letrados especializados de los distintos Colegios de Abogados de la demarcación de Barcelona.

Una vez analizado el caso, se elaborará una propuesta de resolución que se enviará al servicio ‘Ofideute’ de la Agencia de la Vivienda de Cataluña. ‘Ofideute’ dirigirá a la entidad financiera que corresponga la propuesta de acuerdo entre las dos partes. Por último, la respuesta que se obtenga por parte de la entidad bancaria la comunicará a los interesados la Diputación, que es quién hace la gestión directa con las familias.

Publicado en: diariojuridico.com


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