Cuba, más que un destino de sol y playa para el sector legal
Cuba vive un periodo de cambios, impulsados por el Gobierno de Raúl Castro, quien se ha visto obligado a reaccionar ante el creciente peligro de colapso de la economía. Para ello el Estado cubano ha lanzado una clara invitación de bienvenida a la inversión extranjera, un gran paso que muchos ponen en cuarentena pero que, sin duda, abre la oportunidad de entrar en un territorio prácticamente virgen y que cuenta con una ubicación geográfica más que estratégica.
Así, desde abril de 2011, Cuba se encuentra inmersa en una nueva etapa de reacondicionamiento de las bases económicas y estructurales del país, que ha sido bautizada como «la actualización del modelo económico y social cubano» y que tiene como objetivo hacer una economía socialista sostenible, en la que los medios de producción seguirán siendo del Estado pero persiguiendo un crecimiento económico y una mejora del nivel de vida de la población.
Los pasos han sido varios: desde permitir, por fin, que los cubanos puedan salir libremente de la isla, impulsar la figura del ‘cuentapropista’ o trabajadores por cuenta propia (más de 500.000 en la actualidad y principalmente asentados en el sector de servicios) a la aprobación de una ley de inversión más garantista para atraer al capital extranjero.
En el orden legislativo, el pasado 28 de junio entró en vigor la Ley 118 Ley de la Inversión Extranjera, que sustituye a su homónima del año 95 y que en opinión de José María Viñals, socio de Lupicinio Abogados “es una norma más garantista, más transparente y que ofrece más posibilidades a los inversores extranjeros”, que la anterior ley. “Significa un paso muy importante, teniendo en cuenta que partimos de cero”, apostilla.
Un gran paso
El nuevo texto legal introduce un conjunto de modificaciones, entre las que destacan: Se mantiene el principio de que las inversiones extranjeras en territorio cubano gozan de plena protección y seguridad jurídica, y no pueden ser expropiadas, salvo que esa acción se ejecute por motivos de utilidad pública o interés social. Y en ese caso habrá la “debida indemnización por su valor comercial establecido de mutuo acuerdo, pagadero en moneda libremente convertible”, reza el texto.
En la nueva ley se mantienen las tres modalidades de inversión extranjera: empresa mixta, empresa de capital totalmente extranjero y contrato de asociación económica, que se amplía a sectores relacionados con la administración hotelera, productiva o de servicios, o la prestación de servicios profesionales.
Se cambia el procedimiento para la evaluación y aprobación de los proyectos de inversión, haciéndolo más ágil (se establece el periodo de respuesta en 45 días).
Además, la nueva norma contempla un conjunto de bonificaciones y excepciones en el sistema tributario de los inversores como eximir del pago del impuesto sobre los ingresos personales por los beneficios obtenidos del negocio; se reduce a la mitad el tipo impositivo del impuesto sobre utilidades -al 15%-, exceptuando aquellos ámbitos en los que pueda concurrir la explotación de recursos naturales; se elimina el pago del impuesto por la utilización de la fuerza de trabajo; o se exime del pago del impuesto aduanero por las importaciones de equipos, maquinarias y otros medios durante el proceso inversionista.
Por otro lado, los inversores tendrán libertad absoluta para transferir dividendos en cualquier momento y a cualquier lugar.
Llamada a la inversión
El Estado cubano ha recalcado que serán 11 los sectores con prioridad para la inversión: sector agrícola y forestal, la industria alimentaria, energía y minas, industria azucarera, la sideromecánica, industria ligera, química y electrónica, industria farmacéutica y biotecnológica, comercio mayorista, salud, construcción, turismo y transporte.
Dentro de este proceso aperturista, el Gobierno mantiene su principal foco de atención en la Zona Especial de Desarrollo Mariel, ZEDM, un área portuaria, ubicada a 45 kilómetros de La Habana, centro económico y financiero del país, en la que alrededor de un muelle de grandes dimensiones se quiere hacer un centro logístico de mercancías regional e internacional, directamente vinculado con la modernización del Canal de Panamá.
Y el llamamiento a la inversión foránea comienza a dar sus frutos. Ya hay varias docenas de solicitudes para invertir en la Zona Especial de Mariel, especialmente en sectores como la biotecnología, la industria farmacéutica, la logística, la industria automotriz, maquinaria y agroalimentaria. Por su parte, los países que están mostrando más interés en lanzarse a la aventura cubana son Brasil, Francia, Italia, Holanda, Rusia y China. Algunas empresas españolas también están interesadas en invertir en Mariel.
Claro está, en esta transformación cubana, cuyo paso siguiente será la unificación monetaria y cambiaria, hay quien ve la botella medio vacía y estima que los pasos dados todavía son escasos. Muchos desconfían que se cumpla lo refrendado en las leyes y se teme que pase lo mismo que en los 90, cuando Cuba, también acusada por la falta de recursos, abrió sus puertas a la inversión extranjera y posibilitó las empresas mixtas. Esa apertura, sin embargo, se tradujo en casos de incumplimiento de obligaciones contractuales, largos tiempos de espera para conseguir autorizaciones, dificultades para los inversores a la hora de transferir las ganancias obtenidas e incluso expropiaciones.
“La ZEDM se muestra hoy desde la perspectiva económica como un paso de avance en el proceso de apertura de Cuba al mercado exterior. Sus bases legales y los antecedentes del proyecto ponen de manifiesto que busca erigirse en impulsor de la economía nacional y destacar en las relaciones comerciales internacionales dentro del área latinoamericana y del Caribe, en un contexto en el que las reformas del modelo socio-económico imperante en Cuba se han convertido en la prioridad del Gobierno cubano”, señala Lourdes Dávalos León, abogada del Área de Derecho Mercantil de Uría Menéndez en un análisis.
“Creo que la inversión extranjera en Cuba, hoy por hoy, es una medicina que el Estado tiene que tomar pero que no lo hace con agrado”, apunta Hermenegildo Altozano, socio de Bird & Bird LLP y que, desde principios de los 90, viene asesorando a inversores extranjeros en la isla caribeña. Este profesional del sector legal, sin embargo, reconoce que hay oportunidades para las empresas española en Cuba en sectores como el turismo y las infraestructuras.
Sin embargo, esta gran oportunidad de expansión en Cuba pilla a la empresas españolas con el píe cambiado. “Nuestras empresas actualmente no tienen pulmón financiero para invertir en Cuba”, apunta Viñals, quien considera que es “un buen momento” para aventurarse en la isla, más teniendo en cuenta las influencias españolas que tiene Cuba. “Es una oportunidad para las empresas españolas. No ya sólo en el sector turístico sino en sectores de más envergadura como el industrial y energético”, apunta.
Bloqueo de EEUU
“Uno de los grandes problemas a la hora de invertir es la falta de financiación”, señala Altozano, quien apunta también a importantes carencias desde el punto de vista normativo. Así, no existe una ley de sociedades de capital, ni leyes sectoriales y no hay claridad a la hora de aplicar la normativa tributaria.
Pero además, a la hora de invertir en la isla caribeña, muchas empresas con intereses en Estados Unidos tropiezan con el bloqueo a Cuba. En la mente de todos esta, como el pasado mes de julio EEUU sancionó al banco francés BNP Paribas con una mula de 9.000 millones de dólares (unos 6.500 millones de euros) por violar el embargo a Cuba.
“Está claro que Cuba no es un destino fácil. Pero está todo por hacer allí y hay grandes oportunidades de inversión”, explica un pequeño empresario español que lleva años exportando aceite de oliva a la isla.
El abogado cubano
La legislación cubana establece que el derecho en Cuba es una profesión que solo puede ser ejercida por abogados nacionales. Y además se ser profesionales de la abogacía con nacionalidad cubana, estos tienen que estar debidamente calificados y registrados en las diferentes organizaciones jurídicas, oficialmente establecidas en el país como son la Unión Nacional de Juristas de Cuba, algo así como en España serían los colegios de abogados, y la Organización Nacional de Bufetes Colectivos (ONBC).
Ningún abogado extranjero puede ejercer en Cuba, ni siquiera valiéndose de los servicios de un abogado cubano como mediador. Tampoco pueden hacerlo bufetes o firmas internacionales.
Eso sí, Cuba ha permitido que bufetes foráneos, fundamentalmente de España y de Canadá, operen en Cuba, pero siempre limitando su alcance al papel de meros observadores o de consejeros de inversionistas internacionales.
Los abogados se agrupan en bufetes colectivos, que dependen de las asociaciones de juristas y, en última instancia, del Ministerio de Justicia. Puede haber como dos centenares de despachos de éstos en la isla con una media de unos 30 abogados. Sólo unos pocos bufetes tienen licencia para prestar servicios extranjeros y para asociarse con bufetes foráneos.
Los abogados cubanos tienen nómina del Estado. Son profesionales muy bien formados culturalmente, grandes oradores, pero cuentan con muy escasos medios. Es normal que en un despacho se compartan un ordenador entre 10 o 15 personas e internet no siempre funciona.
Al ser empleados públicos, no poderse asociar libremente, ni montar sus propios despachos y su jefe ser el Ministerio de Justicia, cabe plantearse hasta dónde llega la independencia del abogado cubano, la confidencialidad y los posibles conflictos de intereses.
Con estas fuertes cortapisas y siendo un país embargado por Estados Unidos desde 1960, lógicamente, se pueden contar con las manos los abogados y bufetes españoles que se han aventurado en esta isla.
Lupicinio Abogados lleva asesorando a clientes españoles o extranjeros en Cuba desde 1996. La firma, incluso, llegó a tener oficina en la zona franca durante años. Actualmente tiene una alianza estratégica con Bufete Internacional, uno de los despachos cubanos autorizados para realizar labores internacionales. En estos momentos, la firma española está asesorando en sus inversiones en Cuba a varias empresas extranjeras, entre ellas un banco chino y una compañía británica que quiere invertir en el negocio de la biomasa.
Hispajuris es otra las firmas españolas de abogados con mayor especialización en la atención legal de los intereses de particulares y de empresas españolas en Cuba, a la vez que presta a empresas cubanas en España un servicio jurídico multidisciplinar.
La firma tiene suscrito un Convenio de Colaboración con la Unión Nacional de Juristas de Cuba, formada por más de 15.000 profesionales del derecho, y dispone desde hace años de corresponsalía en la isla. Uno de sus socios, Julián Mateos, ha sido reconocido reiteradamente por Chambers & Partners Latinoamérica por su “experiencia en la inversión extranjera, las empresas mixtas y los asuntos contenciosos en Cuba”.
Otro de los profesionales españoles con más experiencia en la isla es Hermenegildo Altozano, quien inició su carrera en Lupicinio Abogados y actualmente lidera el área de energía de Bird &Bird. Es reconocido también por Chambers como el abogado internacional líder en Cuba, donde ha asesorado a inversores extranjeros en proyectos de infraestructuras y Energía y Project finance.
Tradición española
Con las peculiaridades que tiene Cuba y sus muchas limitaciones, lo cierto es que el sector legal español tiene oportunidades de expansión en la isla Pero, ¿qué se necesita a la hora de lanzarse al sector legal cubano? Además de prepararse muy bien el terreno, buscar la alianza con el despacho adecuado y conseguir los permisos pertinentes, lo primero que tiene que hacer el profesional de la abogacía que valla a La Habana es “una inversión en lo que son los principios socialistas de la revolución”, según asegura el socio de Lupicinio, ya que estas máximas van a estar presentes en el día a día de la isla.
Una vez impregnados de los principios socialistas ya hay mucho camino andado, en opinión del socio de Lupicinio, ya que la tradición jurídica de Cuba se asienta en el sistema jurídico español. El Código de Comercio, el Código Civil, Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal cubanos vienen del siglo XIX y tienen mucho en común con los códigos españoles. De hecho, estas leyes españolas fueron llevadas a Cuba, entonces provincia española, y siguieron vigentes allí tras su independencia y hasta años después de la Revolución de 1.959.
Esa tradición hace fácil el entendimiento profesional, claro que el sistema jurídico-material cubano y la práctica administrativa, empresarial y judicial son de inspiración y dogmática marxista. Sin embargo, hay figuras interesantes en el sistema judicial cubano. Así, el arbitraje está mucho más desarrollado que en España. Esta fórmula de resolución de conflictos la inició el Che Guevara.