Infecciones hospitalarias: Crisis del Ébola

Publicado por Redaccion el Friday 28 November 2014 a las 11:11

Cristina RuizSe cumplen prácticamente dos meses desde que estallaron todas las alarmas ante la magnitud de la epidemia causada por el virus del ébola, y desgraciadamente España ha tenido el papel protagonista a nivel mundial, por ser el primer país occidental en el que se ha infectado una persona por el simple hecho de haber atendido a un paciente que padecía la enfermedad.

Que Teresa Romero adquiriera la enfermedad ha hecho saltar todas las alarmas, ya que, si bien es cierto que no podemos afirmar con exactitud qué ha fallado, parece que estamos ante una sucesión de errores que lamentablemente tienen como víctima una persona que ha estado debatiéndose entre la vida y la muerte, por el simple hecho de desarrollar su trabajo, que no es otro que atender a pacientes.

Digo que no se puede afirmar categóricamente dónde radica el fallo o fallos dado que, más allá de la información que de manera permanente facilitan los distintos medios de comunicación, desde un punto de vista jurídico uno debe conocer los hechos con exactitud para poder pronunciase y afirmar qué ha fallado y quién o quiénes deben asumir la responsabilidad por ello.

Lo que es indudable es que, sin perjuicio de otros posibles responsables, la responsabilidad de la Administración es innegable, ya que se cumplen todos y cada uno de los requisitos necesarios para ello.

-      Un daño o perjuicio real, evaluable económicamente e individualizado en la persona que lo padece (aquí deben valorarse todos y cada uno de ellos, tanto lo que puedan objetivarse (días de hospitalización, posible secuelas, etc… ) como daños morales. Capítulo aparte tendría la valoración y posibilidad o no de reclamación por el sacrificio de Scalibur. 

-      Que el daño ha sido consecuencia del funcionamiento normal o anormal, existiendo relación de causa a efecto (en el caso que nos ocupa ha existido una cadena de errores sin justificación alguna: ya desde el traslado de los primeros pacientes en hospitales que no reunían la categoría para poder atenderlos sin riesgos; falta de protocolos; ausencia de formación específica; trajes mal diseñados, etc..)

-      Ausencia de Fuerza Mayor

-      No tiene el deber jurídico de soportar el daño cabalmente por su propia conducta (aunque algunos se han atrevido a afirmar que la Sra. Romero no actuó con la diligencia debida –extremos que en todo caso dilucidarán los Tribunales- es más que evidente que ni ella ni nadie debería ser víctima de la cadena de errores producida por los responsables de gestionar la situación, que en este caso era la Administración Pública).

No obstante ha sido insólito  que, casi por primera vez en nuestro país, son varias las personas y los colectivos que abiertamente se han atrevido a reconocer que realmente han existido errores y que éstos han sido de tal magnitud que se ha creado un gabinete de crisis para afrontar tan difícil situación.

Ello nos hace pensar en que,  si bien afortunadamente vivimos en un país con un sistema sanitario de primer orden, no debemos olvidar que lamentablemente fallos en su gestión, en la redacción y ejecución de todo tipo de protocolos, en la atención al paciente, en los diagnósticos, se suceden en el dia a dia, y si bien hace un tiempo era del todo impensable que un colectivo médico se atreviera a denunciar deficiencias, negligencias o malas praxis, lo cierto es que poco a poco vamos constatando que este colectivo ya no es tan hermético y ello permite tener los medios jurídicos necesarios para que, ante una mala gestión o un error dentro de éste ámbito no quede impune como venía sucediendo años atrás.

Afortunadamente, en la actualidad, todo y que desde el punto de vista jurídico son temas arduos, no exentos de complejidad probatoria, y normalmente con un coste sustancial al tener que valerse de periciales,  lo cierto es que podemos tener ciertas expectativas de éxito ante una reclamación, ya que los Tribunales cada vez con mayor frecuencia se atreven a reconocer en sus Resoluciones que existen, como en todas las profesiones, errores y que se debe responder por ellos.

Por tanto y si bien no cualquier actuación médica que desgraciadamente tenga un final no deseado, nos tiene que hacer pensar que es resultado de un posible error o negligencia, lo cierto, es que por lo menos se nos abre la posibilidad de tener expectativas de éxito de que responderán los que deban hacerlo, cuando lamentablemente ello se haya producido.

En este sentido, la responsabilidad civil médica no es de resultado sino de medios. 

Esperemos que Teresa Romero, la primera persona infectada en un país de primer orden, así como todas las personas que como ella han resultado infectadas dentro de un centro hospitalario o bien han sido víctimas de una mala praxis o gestión, se vean en su día recompensadas,  en la medida de lo posible, por los graves perjuicios irrogados por la persona o personas que ha permitido con su mal hacer que ello haya sido posible.


Cristina Ruiz, abogada de Sanahuja & Miranda


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